¡Tómalo en cuenta! Metro de la CDMX anuncia operativo contra pirotecnia en las 12 líneas
El Metro de la CDMX implementará el operativo contra pirotecnia en diciembre. Foto: Twitter / @GCalderon_Metro

Autoridades del Metro de la Ciudad de México (CDMX) anunciaron que implementarán el operativoCero Pirotecnia”, el cual se aplicará del 11 de diciembre al 6 de enero de 2024, para inhibir el ingreso, traslado y venta de material explosivo.

En un comunicado, el Sistema de Transporte Colectivo (STC) refirió que el operativo se aplicará en las 12 Líneas de la red, por lo que exhortó a los usuarios a evitar el ingreso, transportación, así como la venta de pirotecnia.

Las acciones de prevención durante el periodo de fiestas decembrinas estará a cargo de la Gerencia de Seguridad Institucional del Metro, conjuntamente con los elementos de las policías Bancaria e Industrial (PBI) y Auxiliar (PA) de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México (SSCCDMX), quienes reforzarán las acciones de supervisión en materia de seguridad y protección civil de todos los usuarios.

“Los operativos se realizarán especialmente en las estaciones Merced, Candelaria, Pino Suárez, Zócalo, Allende, Bellas Artes y Jamaica, así como en las terminales de Cuatro Caminos e Indios Verdes por ser puntos donde anualmente se ha identificado el traslado de pirotecnia”, refirieron autoridades del Metro.

Del mismo modo, se anunció que el operativo comprende recorridos constantes, incremento de vigilancia en accesos, pasillos e interior de trenes; así como la solicitud a usuarios, para permitir la revisión por personal autorizado, de mochilas y bultos voluminosos.

Durante estas fechas, y con el fin de evitar incidentes o accidentes que pongan en riesgo a los pasajeros, se evitará el ingreso de usuarios en notorio estado inconveniente por estar bajo los efectos de alcohol o alguna sustancia tóxica.

Mientras que a las personas que sean sorprendidas portando pirotecnia podrán ser sancionadas y remitidas a las autoridades correspondientes, según lo establecido en los artículos 227 y 230 del Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México.

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