Opinión

La UNAM y su protección como monumento artístico y patrimonio mundial (I)

En 2016 diversas autoridades de la Ciudad de México autorizaron la construcción de tres torres a pocos metros de Ciudad Universitaria. Toca que la Segunda Sala de la SCJN resuelva el amparo de la UNAM.

La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) cuenta con una muy importante cantidad de recintos distribuidos en el país con un valor histórico inigualable, buena parte de ellos se encuentran en Ciudad Universitaria, en Coyoacán, Ciudad de México.

La riqueza cultural depositada en el campus central de la UNAM, inaugurado el 20 de noviembre de 1952, no tiene parangón, por lo cual el Estado mexicano consideró necesario brindarle la protección necesaria para que se mantuviera intocada y el derecho a la cultura de la sociedad mexicana fuera efectivamente promovido.

El primer paso contundente para dotarla de esta protección fue la expedición del decreto por el que fue declarada monumento artístico y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de julio de 2005, el mismo tuvo como uno de sus principales objetivos preservar su valor artístico y estético. En su artículo 2º se ordenó que las obras de excavación, cimentación, construcción o demolición que se ejecutaran en los inmuebles colindantes y que pudieran afectar las características de la Ciudad Universitaria requerirían la autorización del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura.

El 28 de junio de 2007 se dio otro gran paso para la preservación del valor de la Ciudad Universitaria al haber sido inscrita por la Unesco en la lista del Patrimonio Mundial, incluyendo en este caso a más de 50 de sus edificios asentados en una superficie de 176.5 hectáreas y contando con una “zona de protección o amortiguamiento de 69.5 hectáreas que garantiza su preservación ante las presiones urbanas a las que está sometida en la Ciudad de México”.

A pesar de lo anterior, la deficiente planeación urbana y el crecimiento indiscriminado de la construcción de bienes inmuebles trajo como una de sus consecuencias que en 2016 diversas autoridades de la Ciudad de México autorizaran la ampliación y modificación del proyecto Be Grand Copilco para la construcción de tres torres a pocos metros de Ciudad Universitaria.

Lo anterior hizo que la UNAM reaccionara solicitando el amparo y protección de la justicia federal contra diversas autoridades, al considerar que se violó el derecho humano a la cultura y que se omitió proteger las zonas de amortiguamiento (por lo cual las obras autorizadas en la zona se deben limitar a dos niveles). Luego de haber sido analizado el caso en diversas instancias, toca el turno de que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelva el amparo en revisión respectivo.

A reserva de analizar la sentencia respectiva en la próxima colaboración, se puede adelantar que la UNAM ha esgrimido argumentos suficientes para que la preservación del valor artístico y estético de Ciudad Universitaria sea una realidad, encontrándose ahora mismo una gran oportunidad para que, desde el control jurisdiccional, se logre consecuentemente abonar a la garantía, respeto, promoción y protección de derechos humanos como el de la buena administración, consagrados paradójicamente en la Constitución Política de la Ciudad de México.

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