Más allá del amor, algunas decisiones deberían tomarse desde la conciencia, por ejemplo: ¿Bienes mancomunados o bienes separados?
Nadie desea estar peleando por dinero, y menos si ese dinero es suyo. Es por eso que entender acerca de qué son y cómo manejar nuestras finanzas personales se ha vuelto indispensable, ¿por qué no incluirán esa área formativa desde que vamos a la primaria? El mundo sería otro si así fuera pero, como nunca es tarde para aprender, toca el turno de hablar acerca de un tema muy interesante y útil: Régimen patrimonial del matrimonio, o bien, la difícil decisión… ¿Bienes mancomunados o bienes separados?
¿Qué es el Régimen patrimonial del matrimonio?
No importa si estás por casarte, si ya te casaste o si nunca piensas hacerlo, aprender sobre este delicado tema puede evitar muchos dolores de cabeza, como dice mi abuela: “cuentas claras y amistades largas”.
Este régimen, llamado también Régimen económico del matrimonio, se refiere a la forma en que los cónyuges regularán la relación económica, de administración y propiedad de bienes durante el matrimonio, es decir, que en este aparato jurídico queda establecido (previo acuerdo) el modo en que la pareja ha elegido regir las finanzas de su vida matrimonial.
Actualmente, nos explica el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, existen tres distintos sistemas de regímenes patrimoniales o económicos del matrimonio, y es responsabilidad y decisión de cada individuo dentro de la relación de pareja informarse para, entre ambos, optar por el que consideren más adecuado para ellos; estos se clasifican de acuerdo con la manera en que los bienes, su propiedad, administración y frutos o ganancias, sean establecidos con referencia a los cónyuges:
Jurídicamente se llaman Regímenes de comunidad, ya que existe un patrimonio común a ambas partes, es decir, que son propiedad de los dos, por lo tanto, cualquiera de ellos posee el mismo derecho al goce y disfrute de dichos bienes.
Esta figura tiene dos modalidades:
Se constituye al permanecer individualizado el patrimonio de los cónyuges antes y durante el matrimonio, lo que tiene como consecuencia que cada uno de los cónyuges conserva la propiedad y la administración de sus bienes.
En este caso, existe el patrimonio individual y también el patrimonio propiedad de los dos cónyuges habido a partir de la firma del contrato matrimonial; los esposos mantienen la propiedad, administración y disposición de su patrimonio individual, pero si se pretende disolver el vínculo matrimonial, cada uno de ellos deberá participar de las ganancias obtenidas en el patrimonio del otro, por cuanto a una categoría específica de bienes o en el valor de los mismos, respecto de aquellos que tuvieron en comunidad.
Para fines prácticos, esta tercera forma de régimen se puede entender como una variante de los Bienes mancomunados, todo dependerá de cómo quede especificado el listado patrimonial en un documento conocido como Capitulaciones matrimoniales.
Se llama así al documento legal en el que los futuros esposos dejan por escrito todo acuerdo al que lleguen con respecto a sus bienes patrimoniales, es decir que es donde queda establecido y regulado el régimen patrimonial del matrimonio, se reglamenta la administración de los bienes, y se definen y asientan los derechos y obligaciones en ambos cónyuges de conformidad a la ley.
Este documento se ha de definir antes de la celebración del matrimonio y es vigente durante el mismo, es importante decir que se pueden hacer modificaciones posteriores ante la autoridad competente, que serán el juez de lo familiar o un notario, mediante escritura pública.
La información de más relevancia que debe quedar asentada es la siguiente:
La sociedad conyugal se conforma de los bienes que durante el matrimonio adquiera cualquiera de los esposos, al estar regulada por las capitulaciones matrimoniales, sólo si en estas está especificado, dichos bienes no formarán parte de la sociedad conyugal.
La sociedad conyugal puede modificarse o terminar durante el matrimonio, de acuerdo con las decisiones de cada pareja.
Como puedes ver, elegir el régimen económico de un matrimonio va más allá de si se quiere o no compartirlo todo con el otro, es una decisión que afecta directamente las finanzas presentes y futuras de cada uno de los implicados, son muchos los factores a considerar.
Ni a favor ni en contra de alguno de ellos, todos son funcionales de acuerdo con la ideología de cada pareja. Lo fundamental es estar bien asesorado, por lo que nuestra recomendación es buscar el consejo de un abogado, es el profesionista que sabrá decirte con precisión cuales son las características específicas de cada uno de los regímenes de los que hemos hablado, conocimiento es poder, y en este caso el conocimiento da el poder de elegir de manera consciente y razonada.
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