El TEEM anula 9 casillas en las elecciones del Edomex, pero se confirma triunfo de Delfina
Delfina Gómez, gobernadora electa del Edomex. Foto: Facebook/Delfina Gómez

El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) anuló 9 casillas que se utilizaron para las pasadas elecciones, en las que se eligió a la nueva gobernadora y se confirmó el triunfo de Delfina Gómez con Morena.

Aunque la excandidata Alejandra Del Moral reconoció el triunfo de Delfina Gómez, el Comité Ejecutivo Nacional (CEN) del PRI presentó tres juicios de inconformidad relacionados con los cómputos distritales de la elección a la gubernatura del Estado de México.

Los juicios de inconformidad presentados por el PRI se centran en tres distritos electorales: En el distrito 1 de Chalco, se argumenta que personas no autorizadas por el código electoral recibieron la votación en 140 casillas, por lo que se solicita la nulidad de los sufragios recibidos en estas. De manera similar, se pide la nulidad de 68 casillas en el distrito 2 de Toluca y de 39 casillas en el distrito 3 de Chimalhuacán, por las mismas razones en el Edomex.

Durante la sesión pública del TEEm, se destacó que, respecto a las votaciones en Chimalhuacán, tras el análisis hecho por el tribunal, se determinó como fundado el agravio en dos casillas (1215 B y 1215 C1) y “con ello la nulidad de la votación recibida en las mismas, pues se integraron con una persona que no se encontraba incluida en la lista nominal de la sección electoral”.

Sobre los resultados en Toluca también se declaró fundado el agravio de anulación de votos en tres casillas (5269 C2, 5364 C3 y 5442 B).

Mientras que de las votaciones en Chalco de Díaz Covarrubias, se anularon los votos en cinco casillas (937 C10, 986 C2, 1048 B, 1052 E1C2 y 1055 E1C3).

Asimismo, en los tres municipios se ordenó modificar los resultados en el Acta de Cómputo Distrital correspondiente a la elección de gobernador del Estado de México.

Los magistrados encontraron que hubo representantes de la mesa directiva ajenos a la sección electoral en la que participaron, con lo que se modificó la causal descrita en el artículo 402, fracción 7, del Código Electoral del Estado de México. No obstante, no hay cambios en el triunfo de Delfina Gómez en las casillas del Edomex.

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