'Corcholatas' no serán sancionadas por el INE por presunta campaña anticipada

Martes 12 de agosto de 2025

‘Corcholatas’ no serán sancionadas por el INE por presunta campaña anticipada

La Comisión de Quejas del INE consideró que no se advierte el peligro de urgencia para otorgar medidas solicitadas contra las corcholatas.

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Fotografía: Especial.

La Comisión de Quejas y Denuncias del INE desechó siete solicitudes de cautelares en contra de ‘corchotas’ de Morena por actos anticipados de campaña y precampaña, presunta promoción personalizada y el probable uso indebido de recursos públicos en el marco del proceso electoral federal 2024.

La queja fue interpuesta contra el secretarios de Gobernación, Adán Augusto López; el de Relaciones Exteriores, Marcelo Ebrard; la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum; y dos senadores de la República.

En todos los casos el INE no otorgó las medidas cautelares solicitadas por no advertirse peligro o urgencia en la demora que justifique la eliminación de los materiales denunciados, pues si bien se tiene certeza de la celebración del proceso electoral federal 2024, el mismo dará inicio hasta el último cuatrimestre del presente año.

En el caso específico del secretario de Gobernación, Adán Augusto López, fue denunciado por la difusión del periódico “A gusto del pueblo” en formato físico y electrónico, al señalar que no constituía un ejercicio periodístico, sino que buscaba posicionarlo para la elección de 2024. Sin embargo, la Comisión determinó que no hay elementos para probar que el periódico no tenga fines periodísticos.

En relación con publicaciones en las redes sociales de Twitter, Facebook, YouTube e Instagram se negó su retiro, ya que para su consulta debe mediar la voluntad de las personas para acceder a dichos contenidos.

En todos los asuntos se negó la tutela preventiva, al tratarse de hechos futuros de realización incierta.

En el mismo sentido, la comisión n del INE resolvió diversas solicitudes de medidas cautelares en contra del Presidente de la República y otras personas, por presunta coacción del voto derivado de las manifestaciones realizadas el 9 y 11 de mayo del año en curso durante su conferencia matutina.

El colegiado declaró improcedente otorgar la cautelar solicitada y ordenar el retiro parcial de La Mañanera denunciada, toda vez que no se advierte urgencia o peligro en la demora que justifique la medida, ya que el proceso electoral dará inicio hasta el último cuatrimestre del presente año, aunado a esto, se tratan de publicaciones realizadas en fecha pasada en páginas oficiales y redes sociales, a las que debe mediar la voluntad para acceder y buscar el contenido específico.

Bajo la apariencia del buen derecho, las expresiones vertidas se encuentran vinculadas con una posible reforma constitucional al Poder Judicial y con los porcentajes de integración de una nueva legislatura federal, no así con los procesos electorales locales que actualmente se llevan a cabo en el Estado de México y Coahuila.

También la Comisión negó la tutela preventiva correspondiente a ordenar al Presidente de la República se abstenga de formular pronunciamientos encaminados a solicitar el voto a favor o en contra de alguna fuerza política, al tratarse de hechos futuros de realización incierta.

No obstante lo anterior, se consideró necesario emitir un pronunciamiento que tiene como destinatario al Titular del Ejecutivo Federal, a fin de que en todo tiempo ajuste sus actos y conductas a los límites y parámetros constitucionales, recalcando la obligación a su cargo de conducirse con imparcialidad y neutralidad con el propósito de no afectar en la equidad en la contienda, respetando los tiempos establecidos por la ley en materia de campañas y precampañas.

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