La FGR es obligada a informar sobre investigaciones contra AMLO, Fox, Calderón y Peña
Foto: Especial

La Fiscalía General de la República (FGR) debe informar el número de carpetas de investigación que ha abierto, así como cuántas denuncias han sido presentadas contra los expresidentes Vicente Fox Quesada, Felipe Calderón Hinojosa, Enrique Peña Nieto, y el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) entre el 1 de diciembre de 2000 y el 1 de abril de 2022.

Serán únicamente de aquellas averiguaciones y/o carpetas de investigación que ya sean de conocimiento previo del imputado a fin de no entorpecer las investigaciones iniciadas y con motivo de los encargos públicos ocupados y no de las que tengan que ver con el ámbito de su vida privada, explicó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) en un comunicado.

Esta determinación fue tomada por el órgano que vela por la transparencia luego de que la institución a cargo de Alejandro Gertz Manero se negó a dar la información a una persona que solicitó la información vía una solicitud de transparencia.  

La persona que pidió la información presentó un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual manifestó su inconformidad con la respuesta de la FGR, que clasificó como confidencial la información requerida, bajo el argumento de que al afirmar o negar la existencia o inexistencia de alguna indagatoria, denuncia, averiguación previa o carpeta de investigación en contra de una persona física identificada o identificable, se atenta contra la intimidad, honor, buen nombre y presunción de inocencia.

Al analizar el caso, la ponencia del comisionado Francisco Javier Acuña Llamas advirtió que la clasificación de la información como confidencial o reservada no pueden constituir una regla absoluta, pues existen casos en los cuales la difusión genera mayores beneficios para la sociedad que los daños que podrían provocarse con su divulgación, por lo que, sostuvo, deben estudiarse las posibles excepciones a la regla general, privilegiando la transparencia y el derecho de acceso a la información.

“En ningún caso podríamos imaginar que las denuncias de las que estamos hablando, según lo que pidió el interesado, pudieran ser una denuncia que hubiera por un particular, por un hecho eminentemente del plano privado con un expresidente (…) en este caso están pidiendo posibles denuncias y expedientes o carpetas abiertas por hechos relacionados con su mandato, con el ejercicio de sus potestades”, argumentó Acuña Llamas.

La ponencia del comisionado advirtió que la información solicitada contribuye a que los ciudadanos tengan pleno conocimiento respecto de las investigaciones que, en su caso, se siguen contra los exmandatarios y el actual presidente para conocer y dar seguimiento a las acciones de la autoridad ministerial o judicial.

Agregó que que si se negara el derecho de acceso a la información, se impediría que la sociedad tuviera los elementos informativos necesarios para el escrutinio de la FGR, así como, conocer en qué concluyeron las imputaciones.

Además de que las personas públicas, como las encargadas de dirigir a un país o a un Estado, deben soportar un mayor nivel de injerencia en sus derechos de la personalidad, como es su privacidad, protección de datos, honor e imagen, así como el de presunción de inocencia, dado el interés social legítimo de recibir información para un libre debate público sobre el seguimiento a las imputaciones y el resultado de las mismas.

Ante ello, el Pleno del INAI resolvió modificar la respuesta de la FGR y le instruyó proporcionar la cantidad de denuncias presentadas y carpetas de investigación que se han abierto contra de los expresidentes Vicente Fox Quesada, Felipe Calderón Hinojosa, Enrique Peña Nieto, y el actual presidente Andrés Manuel López Obrador.

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