Reforma de propaganda gubernamental y manifestaciones de funcionarios es publicada en el DOF

El decreto por el que se reforma la Ley General de Comunicación Social y la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en relación a la propaganda gubernamental y las manifestaciones de personas servidoras públicas, se difundió en el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó este martes 28 de diciembre.

De acuerdo con el documento, “no constituyen propaganda gubernamental las manifestaciones de las personas servidoras públicas que realicen en uso de su libertad de expresión y en el ejercicio de sus funciones públicas”.

Además, el escrito refiere que tampoco se trata de propaganda gubernamental cuando se hable de información de interés público que realicen las personas servidoras públicas, conforme a la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, difundida en cualquier formato de manera gratuita.

En este sentido, la propaganda gubernamental está especificada como el “conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones y proyecciones difundidas con cargo al presupuesto público, etiquetado de manera específica para ese fin, o mediante el uso de tiempos oficiales, por un ente público, con el objeto de difundir el quehacer, las acciones o los logros relacionados con sus fines”.

Por otro lado, el documento establece lineamientos para la contratación de campañas de comunicación y prohibe contratar este tipo de servicios a precios superiores a los que pagan anunciantes privados.

Asimismo, se estipula que los criterios para aplicación de gasto público en Propaganda gubernamental se apegarán a la “Austeridad Republicana“, es decir, “medidas que los entes públicos están obligados a acatar de conformidad con el orden jurídico, para combatir la desigualdad social, la corrupción y el despilfarro de los bienes y recursos nacionales”.

El decreto también indica que los entes públicos “no podrán reclasificar el gasto público en materia de Comunicación Social de una manera distinta a la aprobada en el presupuesto de egresos respectivo, salvo los casos que sean autorizados por las autoridades correspondientes”. 

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