La Corte invalida por completo ‘decretazo’ de AMLO que reservaba información de megaproyectos
Foto: Archivo/ Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó invalidar en su totalidad el decreto emitido por el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) en noviembre de 2021, con el cual se permitía a las dependencias federales reservar información pública respecto a los llamados “megaproyectos” de la actual administración, por catalogarlos como de “seguridad nacional e interés público”.

Luego de que la semana pasada se declaró, por mayoría de ocho votos, inconstitucional este acuerdo presidencial que fue impugnado por el Inai, el Pleno de la Corte discutió en la sesión de este lunes sus efectos y determinó, por mayoría de seis votos, eliminarlo por completo.

Lo anterior significa que los efectos de la invalidez del decreto son generales, es decir, que el Poder Ejecutivo Federal, incluyendo todas las secretarías y dependencias que lo conforman, no podrán volver a invocar este decreto bajo ningún término, incluso en temas que no estén relacionados con la transparencia.

Los ministros y ministras que votaron a favor de que la declaratoria de invalidez tenga efectos generales, como se estableció en el proyecto del ministro, Juan Luis González Alcántara Carrancá, fueron: Luis María Aguilar Morales, Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, Ana Margarita Ríos Farjat, Norma Lucía Piña Hernández y González Alcántara.

Mientras que los ministros y ministras que votaron en contra, bajo el argumento de que esta únicamente tendría efectos entre la partes, es decir, el Inai y el Poder Ejecutivo Federal, fueron: Arturo Zaldívar, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alfredo Guitérrez Ortiz Mena, Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz.

Durante su participación en la sesión, el ministro, Javier Laynez Potisek, remarcó que, al aprobar la mayoría del Pleno de la Corte la declaración de inconstitucionalidad del decreto emitido por AMLO en 2021, este automáticamente deja de ser aplicable para el Poder Ejecutivo Federal y, consecuentemente, la declaratoria tiene efectos generales y no administrativos entre partes.

“Una vez que, con ocho votos se declaró la inconstitucionalidad del decreto, es totalmente inaplicable para el Poder Ejecutivo, incluyendo las dependencias (…) para el Ejecutivo y las secretarías de Estado ese decreto es inconstitucional”, apuntó.

En contraste, el ministro, Jorge Mario Pardo Rebolledo, insistió en que la invalidez únicamente tiene efecto entre las partes, es decir, que el Poder Ejecutivo Federal no podría invocar a ese decreto sólo si el Inai le solicita alguna información que fue clasificada como de “seguridad nacional e interés público”.

Después de varias diferencias entre las y los ministros se puso a votación la postura establecida en el proyecto del ministro, González Alcántara – la declaración de invalidez total – y la del ministro, Pardo Rebolledo, y ganó por un voto la primera.

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