El cubrebocas ya no es obligatorio en espacios con sana distancia, anuncia Salud

La Secretaría de Salud (Ssa) informó que el uso de cubrebocas no será obligatorio en los espacios cerrados y abiertos que conserven la sana distancia.

Según las actualizaciones de los Lineamientos para la Continuidad Saludable de las Actividades Económicas ante Covid-19, se recomendó a la población a mantener el uso de la mascarilla en espacios abiertos y cerrados sin sana distancia.

“Con la finalidad de reducir el riesgo de contagio, las personas empleadoras podrán distribuir cubrebocas (mascarilla quirúrgica) entre la población trabajadora, supervisando el uso correcto (cubriendo nariz y boca). No se recomienda el uso de mascarillas con válvula”, señaló el gobierno de México.

El cubrebocas puede no usarse en:

  • Personas que no comparten el lugar físico de trabajo
  • Al tomar bebidas o consumir alimentos
  • Trabajo físico intenso
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parte de las sugerencias también se destacó la eliminación del uso de tapetes desinfectantes y filtros sanitarios. Foto: Carlos Ramírez/EFE.

El uso debe considerarse en:

  1. Las personas que decidieron no vacunarse o con inmunocompromiso se les sugiere utilizar cubrebocas en todo momento.
  2. En lugares de trabajo mal ventilados las personas que compartan el mismo lugar físico de trabajo.

En casos especiales, donde exista una alta exposición al virus, como personal de salud, “deberán usar cubrebocas N95 (o su equivalente), guantes, bata y protección de ojos”, mencionaron las autoridades en el documento.

Filtros sanitarios, pruebas Covid-19 y vacunación

Como parte de las sugerencias también se destacó la eliminación del uso de tapetes desinfectantes y filtros sanitarios porque “no existe evidencia de que funcionen. ¡No se deben utilizar!”.

Respecto a la aplicación de pruebas de Covid-19, se señaló que es posible que en los centros de trabajo se hagan de antígeno y RTPCR para SARS-CoV-2, previo consentimiento de las personas trabajadoras, pues en “ningún caso debe ser obligatoria la toma de una prueba para el regreso al trabajo.

“Las empresas deben contar con una política de protección a las personas trabajadoras para evitar que se condicione el retorno al trabajo por medio de pruebas financiadas por el trabajador”, se sostuvo en el escrito.

Sobre la vacunación, se detalló que reduce el riesgo de presentar un caso grave de Covid-19, pero no debe considerarse como la única opción para mitigar el riesgo de la enfermedad, sino como un complemento a otras acciones preventivas como sana distancia y uso de equipo de protección personal.

Entre las medidas generales de Covid-19 para las empresas, se encuentran que designen un comité o persona responsable, quien en sus instalaciones implemente, dé seguimiento y supervise medidas que ayuden a la reducción de riesgos dentro en el ámbito laboral y proporcione información general sobre el Covid-19.

También el llavado de manos frecuente o uso de gel anti-bacterial y cubrirse nariz y boca al toser o estornudar con un pañuelo desechable o el ángulo interno del brazo.

Así como aplicar la sana distancia mínima de 1.5 metros, proveer dispensadores de soluciones a base de alcohol al 60%, garantizar que los sanitarios cuenten con lavamanos y condiciones adecuadas, favorecer la ventilación natural en espacios comunes o de mayor concentración de personal y revisar el funcionamiento de sistemas de ventilación.

Las actualizaciones las hizo el Comité de Nueva Normalidad, conformado por las siguientes instituciones: Ssa, Secretaría de Economía, Trabajo y Previsión Social (STPS), y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

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