Viajar en 2022 desde el AICM será más caro, la TUA aumentará el costo
México recordó que los casos de Covid-19 han crecido en el mundo, en las últimas semanas. Foto: EFE.

Si después de los meses de confinamiento has pensado seriamente en viajar en 2022 debes contemplar un aumento en el costo de los viajes para el siguiente año. 

La Tarifa de Uso de Aeropuerto (TUA) elevará el costo de los boletos de avión a partir de enero del 2022, pues de acuerdo con el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) cobrará una TUA nacional en 26.02 dólares, es decir, 1.52 dólares más cara que durante 2021 (24.50 dólares), así como una internacional de 49.41 dólares (46.52), 2.89 dólares más.

Lo anterior entrará en vigor a partir del 1 de enero del siguiente año y se mantendrá vigente hasta el 31 de diciembre del mismo año. El monto en pesos se actualizará de forma mensual de acuerdo al tipo de cambio. 

La TUA puede representar desde un 29 hasta alcanzar un 60% dependiendo del costo de despegue y de aterrizaje. 

¿Qué es la Tarifa de Uso de Aeropuerto (TUA)?

La TUA es un cargo que hacen los distintos aeropuertos de México a todos los pasajeros por el uso de las instalaciones y servicios del edificio terminal.

Este monto es variable definido por el aeropuerto donde se origina el vuelo, por lo que puede cambiar de precio sin previo aviso y se cobra en función del destino (nacional o internacional) y de otros factores de conformidad con las leyes mexicanas aplicables. 

La TUA se paga junto con el boleto y las aerolíneas son las encargadas de transferirla a los aeropuertos, es decir, el costo del boleto de avión se compone de la tarifa de vuelo, servicios adicionales (si agregaste alguno que otorgue la aerolínea), la TUA, IVA y otros impuestos.

¿Quiénes deberán pagar la TUA?

La TUA la deben pagar los pasajeros mayores a dos años. Solo en algunos casos el pago de la TUA quedará exento, como en los menores de dos años, representantes y agentes diplomáticos de países extranjeros, pasajeros en tránsito y en conexión en los términos que determine la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) y el personal técnico aeronáutico con licencia vigente expedida por la autoridad aeronáutica.

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