¿Cómo se denuncia una desaparición y qué proceso debe seguir la búsqueda?
En caso de desaparición de una persona, las autoridades están obligadas a iniciar acciones de búsqueda. Ilustración: Majo Vázquez / La-Lista

Las denuncias de desaparición de personas se pueden realizar en cualquier agencia del Ministerio Público o fiscalía, sin importar la entidad. También están a disposición las comisiones de búsqueda de personas locales y la federal. Incluso, se puede dar aviso a algún policía, quien deberá dar parte a las instituciones correspondientes. 

Las autoridades están obligados a comenzar una búsqueda inmediata y más si se trata de un menor de edad o de una mujer, de acuerdo al Protocolo Homologado para la Búsqueda de Personas Desaparecidas y No Localizadas.

Tan solo en los primeros cuatro meses del año, con corte al 20 de abril, se han registrado  2 mil 411 personas se encuentran desaparecidas en México. Los estados con mayor número de personas no localizadas son Jalisco, con 409; Ciudad de México, con 327; Estado de México, con 323 y Zacatecas con 190. Pero hay una cifra acumulada de casi 100 mil personas desaparecidas y no localizadas, y el 98% de estas han ocurrido de 2006 a la fecha.

El acompañamiento de colectivos de búsqueda de desaparecidos y el acercamiento inmediato a fiscalía y comisiones de búsqueda de personas orienta a las familias en el proceso de denuncia y localización.

La plataforma El Día Después, concentra a varias organizaciones y colectivos dedicados a la búsqueda de personas en México. Además, el gobierno federal cuenta con un listado de las comisiones de búsqueda que existen en todo el país.

¿Hay que esperar 72 horas para que inicie la búsqueda?

No. Todas las búsquedas deben pasar por la primera fase para calcular el nivel de urgencia en cada caso, pero en todas, se debe resolver la pregunta “¿Dónde está la persona con la que se ha perdido contacto en forma reciente?”, según al Protocolo Homologado.

La autoridad responsable deberá realizar entrevistas para recopilar el mayor número de información, empezando por el testimonio de quien denuncia la desaparición. Si de la entrevista inicial se presume algún indicio de desaparición forzada, de inmediato se abrirá la investigación penal ante el Ministerio Público.

Las autoridades deben desplegar una serie de acciones con la finalidad de brindar auxilio a la persona desaparecida, pues ésta puede ser víctima de algún delito, además de preservar pruebas o evidencias que puedan conducir a las autoridades a su localización.

¿Cómo deben buscar a un familiar desaparecido?

Existen diferentes tipos de búsqueda, según el protocolo, esto dependerá del momento del reporte de la desaparición. Si existen menos de 120 horas (cinco días) entre la desaparición y el reporte ante las autoridades, se deberá realizar una “Búsqueda Inmediata”, pero si es mayor a las 120 horas, se tendrá un escenario de “Búsqueda Individualizada”.

Búsqueda Inmediata

Primero, la autoridad debe registrar de inmediato el caso en el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas, “esto generará de forma automática una notificación para las autoridades primarias competentes”, señala el protocolo.

Estas autoridades son: comisiones de búsqueda de personas, fiscalías estatales, federales y grupos especializados en investigación vinculados a fiscalías y ministerios públicos. 

Los pasos de la búsqueda inmediata son: detonación, despliegue operativo y rastreo remoto, en donde “todas las autoridades involucradas deben actuar con extrema urgencia en sus respectivos tramos de responsabilidad”.

Búsqueda Individualizada

Esta búsqueda se da cuando se tienen indicios de que la persona o personas desaparecidas pueden ser víctimas de delitos como trata de personas, explotación sexual, homicidio o feminicidio, entre otros.

“Es realizada en forma coordinada y complementaria por las autoridades ministeriales y por las comisiones de búsqueda. Se caracteriza por iniciarse a partir de que se cumple cualquier supuesto que haga presumir la comisión de un delito en contra de la persona desaparecida”, indica el protocolo.

Este tipo de búsqueda se emplea comúnmente en casos de mujeres y menores de edad desaparecidos, ya que son más susceptibles a ser víctimas de otros delitos, por lo que no sólo se deberá aplicar el Protocolo Homologado, también la Alerta Ámber o el Protocolo Alba, especializado en casos de mujeres, adolescentes y niñas desaparecidas.

Las comisiones de búsqueda de personas juegan un papel importante en esa etapa, pues no sólo las fiscalías podrán coordinar la búsqueda, sino también las comisiones. 

Ante la resistencia de muchas autoridades, los colectivos de búsqueda, recomiendan hacerse acompañar por organizaciones y dar seguimiento a las acciones de la autoridad. El Movimiento por nuestros desaparecidos en México concentra a muchos colectivos en todo el país.

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