Gobierno condena prisión domiciliaria a Murillo Karam; FGR podría impugnar
Fotografía de archivo del exprocurador General de la República, Jesús Murillo Kara. Foto: EFE/Sáshenka Gutiérrez.

El gobierno de México condenó que un juez suplente otorgara la prisión domiciliaria por motivos de salud al exprocurador Jesús Murillo Karam, el más alto funcionario implicado en el caso de la desaparición de los 43 estudiantes de Ayotzinapa; una decisión que la Fiscalía General de la República (FGR) podría impugnar.

En un pronunciamiento público, la Comisión para la Verdad y Acceso a la Justicia en el Caso Ayotzinapa (Covaj) criticó que este cambio de medida sucediera durante la guardia del juez titular del Reclusorio Norte, en un día inhábil y que se usara como distractor la festividad del Día de Muertos.

Mientras que la mañana de este viernes, el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) consideró que fue “un clásico sabadazo” el cambio de la medida cautelar de Murillo Karam.

“Fue muy raro porque se suponía que no había servicio, que estaban cerrados los juzgados, incluso el juez que resuelve no es el titular. Fue el sábado, o sea, un clásico sabadazo y tengo información de que citaron a audiencia (…) siempre hay un plazo y creo que dieron un plazo de 2 horas y media; sin embargo, asistió la Fiscalía y el juez sí actuó por consigna porque se dedicó a hablar de mí, nada más estoy pidiendo formalmente la grabación”, dijo durante su conferencia de prensa.

Sin embargo, el presidente López Obrador señaló que el exprocurador no pudo salir debido a que existe “otra causa”. Además, cuestionado si el gobierno apelará la resolución del juez, el titular del Ejecutivo refirió que eso corresponderá a la Fiscalía General de la República.

Después de una audiencia de más de 7 horas, un juez con sede en el Reclusorio Norte decidió imputar la prisión domiciliaria con brazalete electrónico a Murillo Karam, acusado de tortura, desaparición forzada y contra la administración de justicia por el caso Ayotzinapa y quien lleva días enfermo.

Esto, al considerar que su edad avanzada y sus problemas de salud ya no acreditan el riesgo de fuga, tras meses de traslados frecuentes por complicaciones médicas.

Sin embargo, el exprocurador de la hoy extinta Procuraduría General de la República (PGR) cuenta con un segundo proceso relacionado también con delitos de tortura y desaparición forzada, por lo que aún no podrá volver a su domicilio en una de las zonas más exclusivas de la Ciudad de México.

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El 26 de septiembre se cumplieron 9 años de la desaparición de los 43 normalistas. Foto: Mario Guzmán / EFE.

Es así que Murillo Karam se mantendrá al interior de la Torre Médica del Penal de Tepepan, donde se encuentra desde el pasado 30 de junio, en tanto no consiga una segunda resolución en los mismos términos.

“Estaremos atentos a que se respete la legalidad del debido proceso y, principalmente, el derecho a la verdad y la justicia de los familiares de los estudiantes desaparecidos”, indicó la Covaj.

Además, lamentó que se aprovecharan los cambios de turnos y guardias para evadir la determinación del juez que conoce la causa y, añadió, “sorprende aún más que se haya fijado la audiencia en un plazo de tres horas”.

Lo que calificó de “una rapidez inusitada, ya que en ocasiones la judicialización de una carpeta se ha logrado después de 10 meses de ser solicitada, siendo que el plazo legal es de 15 días”.

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Murillo Karam, exprocurador General de la República. Foto: Gobierno de México

“Esta condenable decisión manda un mensaje que podría avanzar hacia la impunidad”, advirtió la Covaj y criticó que el juez tampoco prestó atención al análisis de riesgo procesal que presentó el Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia (Cenapi) de la FGR en el que se concluye que el riesgo de sustracción es alto.

Asimismo, anticipó la impugnación al cambio de media cautelar por parte de la Unidad Especial de investigación y Litigación para el caso Ayotzinapa, perteneciente a la FGR, así como que solicitará se levante una queja ante el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) por el actuar del juez.

Esto, al considerar que quebrantó “el principio de legalidad e imparcialidad que exige que toda determinación se ajuste a las disposiciones legales vigentes”.

Por último, pidió que se revise la argumentación del juez que dictó la prisión domiciliaria, pues concluyó: “tuvo como propósito fijar una postura más allá de la motivación judicial para justificar el cambio de medida cautelar”.

-Con información de EFE.

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