¿Qué sigue en el desafuero de ‘Alito’ Moreno?
Fotografía: La-Lista

Esta semana la Fiscalía General del Estado de Campeche (FGE) solicitó a la Cámara de Diputados desaforar al presidente nacional del PRI, Alejandro “Alito” Moreno Cárdenas, por presunto enriquecimiento ilícito; ¿qué es lo que sigue en este proceso?

Lo que se inició contra el dirigente del PRI fue una declaración de procedencia, como se conoce al desafuero, y no un juicio político. La primera se vincula a los presuntos ilícitos que puedan cometer las y los servidores públicos y está contemplada en el artículo 111 de la Constitución.

No obstante, antes de que se pueda retirar la inmunidad procesal de la que goza “Alito” Moreno como diputado federal se debe cumplir con una serie de procedimientos.

¿Qué debe pasar para que ‘Alito’ sea desaforado?

En primer lugar, la Fiscalía de Campeche deberá ratificar la denuncia que presentó en contra de Moreno Cárdenas ante la Secretaría General de la Cámara de Diputados. De acuerdo la Ley Federal de Responsabilidades de Servidores Públicos (LFRSP) debe hacerlo dentro de un plazo de tres días naturales siguientes a la presentación de la misma.

Una vez ratificada la denuncia, la Secretaría General de la Cámara de Diputados la turna a la Sección Instructora, la cual es una subcomisión dependiente de la Comisión Jurisdiccional.

Dentro de los tres días posteriores a la ratificación de la querella, la Sección Instructora, la cual se compone de cuatro integrantes y que todavía no está instalada, deberá informar al denunciado, en este caso “Alito” Moreno, sobre la denuncia, quien deberá comparecer ante este órgano dentro de los siguientes siete días.

Posteriormente, la Sección Instructora abrirá un plazo de 30 días para recibir pruebas y alegatos de la parte denunciante, las del servidor público denunciado y cualquier otra que la Sección considere pertinentes. Dicho plazo puede extenderse si así lo considera el órgano.

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Fotografía: La-Lista

Una vez concluida la recepción de pruebas, la Sección Instructora formulará sus conclusiones y deberá emitir un dictamen, en un plazo de 60 días, sobre si hay lugar o no para proceder en contra del servidor público denunciado, esto debe ser aprobado por mayoría de votos, es decir, por tres de los cuatro integrantes.

En caso de que, con base en las pruebas recabadas, se declare improcedente, la Sección Instructora desechará el proceso, avisará del resultado a la Cámara de Diputados y el servidor público denunciado podrá seguir con sus funciones del cargo.

Este proceso no determina si el servidor acusado es inocente o no de los hechos que se le imputa, sino que sólo establece si se le puede retirar su inmunidad procesal. Por lo que, en caso de no ser desaforado, “Alito” todavía podría ser enjuiciado cuando ya no cuente con fuero constitucional.

Por otra parte, en caso de que se determine que el denunciado sí incurrió en algún delito, la Sección Instructora deberá entregar el dictamen a los secretarios de la Cámara de Diputados, quienes se encargarán de dar cuenta al presidente de la Cámara, al denunciante y al denunciado.

En este caso, Sergio Gutiérrez Luna, presidente de la Cámara de Diputados, deberá informar a los legisladores, dentro de un plazo de tres días al momento de conocer la procedencia, que se deben reunir para resolver sobre la imputación.

Las y los diputados en sesión escucharán los argumentos y alegatos de la parte acusadora y del acusado – o de su defensa, en caso de que decida no presentarse – y luego votarán para decidir si se le retira el fuero o no al servidor denunciado.

Para retirar la inmunidad procesal se requiere de los votos del 50% más uno de los diputados y diputadas en sesión. Actualmente Morena y sus aliados (PT y PVEM) cuentan con 276 legisladores.

Si se consiguen esos votos para desaforar a “Alito”, el líder priista será separado de su cargo inmediatamente y sujeto a la jurisdicción de los tribunales correspondientes.

En caso de que no se consigan, Moreno Cárdenas seguirá gozando de fuero constitucional y la Cámara de Diputados deberá librar un oficio al juez o tribunal correspondiente para que suspenda el procedimiento.

Desafuero será ‘expedito’

Pese a todos los pasos que se deben seguir para cumplir con el debido proceso del desafuero de Moreno Cárdenas, el grupo parlamentario de Morena aseveró le retirarán su inmunidad procesal de forma “expedita” para que pueda ser juzgado por enriquecimiento ilícito.

“Va a ser expedito este tema de qué lado están las y los legisladores, si siguen diciendo, a pesar de lo evidente, que un perseguido político con estas propiedades”, sostuvo Leonel Godoy Rangel, diputado de Morena.

En tanto, el fiscal general de Campeche, Renato Sales, aseguró que este proceso de desafuero no tiene que ver con los audios difundidos por la gobernadora, Layda Sansores San Román, sino que se trata de una investigación del Ministerio Público en contra de “Alito”.

“Consiste en la desproporción de los ingresos que devenga el servidor público en sus distintos cargos y las propiedades que se encuentran a su nombre”, explicó Sales.

Por su parte, Alejandro Moreno manifestó que es inocente y remarcó que sus propiedades están debidamente “acreditadas y transparentadas”.

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