Desde luego, ese uso legítimo se encuentra establecido en su orden jurídico y es aplicable en la totalidad del territorio en el que la población de ese Estado se encuentra asentada, siendo algunos de los órganos del poder público o gobierno los encargados de hacerlo a través de sus fuerzas del orden.
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Desde hace muchos años, en México el ejercicio del uso legítimo de la fuerza se ha evitado por parte de buena parte de esos órganos del poder público y de manera directamente proporcional, la impunidad frente a los actos delictivos ha crecido.
Hace unos días, las instalaciones de nuestra Universidad Nacional fueron una vez más violentada por un grupo de personas que, manifestándose en contra de la gentrificación, decidieron causar daños en sus instalaciones. Esto resulta paradójico, pues es precisamente nuestra Universidad uno de los principales detonadores de la movilidad social en nuestro país y el lugar en donde la discusión seria y respetuosa de las ideas es una realidad tangible.
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Hasta el momento en que escribo el presente texto, estos actos totalmente condenables (como lo señaló la presidenta Sheinbaum) permanecen impunes gracias a que una vez más el uso legítimo de la fuerza estuvo ausente (a pesar de lo flagrantes que fueron) gracias a, de acuerdo con algunas declaraciones, aquella vieja (y desde algunas perspectivas conveniente) confusión respecto de que la autonomía universitaria implica extraterritorialidad (sujeción a un orden jurídico distinto al del Estado en que se encuentra asentada esa institución).
Hace unos años gracias a la persistencia de esas y otras confusiones, el Dr. Raúl Contreras Bustamante y el que escribe decidimos iniciar un estudio técnico sobre la autonomía universitaria a partir del estudio de las 40 instituciones que con esas características existen en el país, teniendo como resultado la obra “Universidades públicas autónomas: límites y alcances de la autonomía universitaria”, misma en la que encontramos que el hecho de que este atributo permita a estas instituciones autogobernarse, no conlleva en momento alguno que en las porciones territoriales en las que se encuentran asentadas el orden jurídico correspondiente no le sea aplicable. Es decir, el hecho de que la Ciudad Universitaria se encuentre asentada en el territorio de la Ciudad de México no solo faculta, sino que obliga a las autoridades de esta entidad federativa a actuar frente a los actos delictivos que aquel grupo de personas cometieron en contra del patrimonio universitario y, sobre todo, en contra de la armonía de nuestra comunidad universitaria.
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La UNAM es, de acuerdo con su ley orgánica, un organismo descentralizado del Estado, por lo que siendo parte del Estado mexicano le es aplicable su orden jurídico. Debemos defenderla como nuestra casa y principal proyecto cultural y educativo de nuestro país.