SAT condona 100% multas en 2026: ¿Para quiénes y cómo aplica el ‘borrón fiscal’?

Jueves 22 de enero de 2026

SAT condona 100% multas en 2026: ¿Para quiénes y cómo aplica el ‘borrón fiscal’?

¿Tienes adeudos fiscales? El Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó el Programa de Regularización Fiscal 2026.

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Foto: iStock

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Multas, recargos, gastos y créditos viejos son problemas que varias personas y empresas enfrentan ante Hacienda, por ello, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó el Programa de Regularización Fiscal 2026, dirigido a contribuyentes en dicha situación.

Este programa que lanzó el SAT permite borrar hasta 100% de multas, recargos y gastos de ejecución, o reducir hasta 90% los créditos formados solo por multas.

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¿Para quiénes y cómo aplica el ‘borrón fiscal’?

El ‘borrón fiscal’ solo aplica para personas y empresas que tuvieron ingresos de hasta 300 millones de pesos y tengan adeudos del ejercicio 2024 o anteriores.

“Este estímulo, previsto en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2026, aplica también a multas derivadas del incumplimiento de obligaciones fiscales, aduaneras y de comercio exterior de 2024 o anteriores”, dijo el SAT.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dejó bien claro que los beneficios fiscales no son válidos si ya usaste programas anteriores, si tienes sentencia por delito fiscal o si estás en las listas negras de empresas factureras y nomineras.

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Contribuyentes que son candidatos a la condonación fiscal 2026

El SAT señaló que la condonación de multas, recargos y créditos viejos es aplicable a contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:

  1. Contribuyentes que tengan a cargo contribuciones omitidas autodeterminadas del ejercicio fiscal 2024 o anteriores. El estímulo se activa al presentar las declaraciones correspondientes, autodeterminando la contribución a cargo y sus accesorios. Aplica exclusivamente a los recargos generados por el monto de la contribución omitida.
  2. Contribuyentes sujetos a facultades de comprobación. Siempre que subsanen las irregularidades detectadas, se autocorrijan y paguen a más tardar el 31 de diciembre de 2026, y hasta antes de que se les notifique la resolución en la que se les determinen las contribuciones omitidas.
  3. Personas y empresas con créditos fiscales firmes a su cargo, determinados por la autoridad fiscal federal, que no hayan sido impugnados o que se desistan del medio de defensa interpuesto. La solicitud del estímulo debe presentarse a más tardar el 31 de octubre de 2026, mediante un caso de aclaración en el portal del SAT o de manera presencial.

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Dudas y aclaraciones

Para mayor información, visita el minisitio “Programa de Regularización Fiscal 2026”: https://www.sat.gob.mx/minisitio/RegularizacionFiscal/RegularizacionFiscal/index.html

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Foto: Flickr

También, es posible recibir orientación al acudir a cualquier oficina del SAT sin cita previa o a través de los siguientes canales de atención:

MarcaSAT: 55 627 22 728, opción 9, seguida de la 3.
Chat uno a uno: Opción “Programa de Regularización Fiscal LIF 2026”.
OrientaSAT: En sat.gob.mx, lado derecho, en el búho (OrientaSAT), seguido de la opción “Programa de Regularización Fiscal 2026”
Oficina Virtual: Con previa cita en www.citas.sat.gob.mx

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