¿Cómo saber si estoy viviendo acoso sexual en el trabajo y qué puedo hacer?
El acoso sexual en el trabajo puede combatirse por la vía laboral o penal. Foto: Sora Shimazaki en Pexels.

El hostigamiento y acoso sexual puede ser una situación recurrente en los espacios laborales del país, siendo las mujeres quienes constantemente se ven más afectadas.

La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2016 señala que 26.6% de las mujeres que trabajan o trabajaron en algún momento, han experimentado algún acto violento en el ambiente laboral, principalmente de tipo sexual o discriminatorio.

Por ello, La-Lista preguntó a la abogada Marcela Torres Ortega, quien brinda asesoría legal gratuita a cualquier parte del país por medio de redes sociales, cómo se puede identificar que lo que se está viviendo en el trabajo es acoso sexual, y cuál es el protocolo para proceder de manera legal. Esto fue lo que nos contó:

¿Lo que vivo es acoso sexual?

En el país existen 32 códigos penales. Estas prácticas son llamadas en algunos estados “acoso sexual”, y en otros, “hostigamiento sexual”, explica Torres Ortega.

En la Ciudad de México, por ejemplo, el Artículo 179 del Código Penal, describe al acoso sexual como: “a quien solicite favores sexuales para sí o para una tercera persona o realice una conducta de naturaleza sexual indeseable para quien la recibe, que le cause un daño o sufrimiento psicoemocional que lesione su dignidad…”.

La abogada indica que para identificarlo, existe una serie de conductas características de estos actos, como piropos o comentarios no deseados, miradas morbosas o gestos sugestivos, burlas o bromas, o bien, comentarios y preguntas incómodas sobre la vida sexual.

También se incluyen cartas, llamadas telefónicas o mensajes de naturaleza sexual no deseadas, amenazas que afecten negativamente la situación laboral de la víctima si no acepta una invitación o propuesta, exigencias de realizar actividades que no competan a sus labores u otra medida disciplinaria por rechazarlo, sumado a roces, contactos físicos no deseados y presión para tener relaciones sexuales. 

“Primero, el acosador va a encontrar a la víctima más vulnerable, va a tratar de ganarse su confianza. Y luego, empezará con las invitaciones y las bromitas de contenido sexual”, explica Torres Ortega, quien recalca que un factor a tomar en cuenta es que este tipo de actitudes deben desarrollarse de manera reiterada.

“Ya con una ocasión, obviamente yo me siento vulnerable y yo ya siento que me afectaron, pero la ley nos exige que sea de manera reiterada y que haya una oposición manifiesta”, es decir, demostrar que no estás de acuerdo con la insinuación sexual, dice la experta.

En el caso particular de la CDMX el hecho de que sea una “conducta de naturaleza sexual indeseable” transmite la idea de que la víctima debe mostrar al acosador que no aprueba su conducta, explica.

¿Qué puedo hacer?

Una vez que la víctima quiera proceder de manera legal contra su acosador sexual, puede hacerlo a través de dos vías: la laboral o la penal.

En la primera, la persona puede buscar comunicar la situación a los superiores laborales de su acosador, pero esta vía puede presentar trabas dependiendo de la situación. Por ejemplo, si el acosador es el dueño del lugar.

De no ser así, por esa vía se podría buscar un despido justificado por falta de probidad y honradez.

El otro lado, el de proceder de manera penal, implica, inicialmente, que la víctima identifique la Fiscalía más cercana al ambiente laboral en el que ocurrieron los hechos. “Ahí vas a acudir porque es la que corresponde. Si estamos hablando de que la persona trabaja en una secretaría federal, es del ámbito federal”, dice la abogada Marcela Torres.

“Estos asuntos únicamente proceden a petición de la parte ofendida, es decir, si tu compañera del trabajo sabe que te están vulnerando en este aspecto, aún así tienes que ir tú” a la Fiscalía, agrega.

Al encontrarse en la Fiscalía, la víctima deberá hacer una narración de los hechos. Para este punto, “es muy importante recordar las circunstancias de tiempo, modo y lugar, es decir, cuándo ocurrieron los hechos, el día y la hora, para verificar que el hostigador sí estaba en ese momento en el ambiente laboral”.

Torres Ortega recalca que aunque los actos de hostigamiento sexual suelen hacerse de manera privada y a “escondidas” en el ambiente laboral, el dicho de la víctima es preponderante cuando se trata de delitos de connotación sexual. Además de que se hace un estudio psicológico que detecta la afectación emocional en la víctima.

Sin embargo, la abogada sugiere que desde un inicio del hostigamiento, la persona afectada busque maneras de ir documentando las agresiones si se comienzan a dar de manera repetida.

“Este medio de prueba, que es la declaración de la víctima, tiene que ir vinculado a más medios de prueba que lo refuercen para que tengas una sentencia favorable. ¿Cuáles pueden ser? Un video, que pidas las cámaras de la empresa donde se pueda ver el acoso, grabaciones de audio, que le pidas a tu compañera que escuche para que después sea testigo, así como los mensajes de texto con actitudes de acoso”.

La-Lista de 10 pasos para actuar en casos de acoso sexual en el trabajo, según Torres Ortega:

  1. Atiende tu estado emocional. Es importante que sepas lo que te está pasando y cómo te sientes, considerando que el miedo, la ansiedad y la culpa suelen ser nuestros peores enemigos.
  2. Identifica la agencia del ministerio público más cercana. 
  3. Procura ir acompañada de una persona de tu confianza. 
  4. Prepara una narración con un orden cronológico. 
  5. Prepara todos tus elementos probatorios (grabaciones de audio, videos, entre otros). 
  6. En el caso de tener los chats en los que se llevó a cabo el acoso sexual, la víctima deberá entregar su celular para que esta información digital pueda ser extraída con una técnica jurídica. 
  7. Entender que el proceso puede ser tardado y lento, pero hay que seguir insistiendo. 
  8. Relatar los hechos detallada y minuciosamente con las propias de la víctima, para que pueda enfatizar el daño que causó el acoso y cómo se sintió. 
  9. Estar pendiente del delito que se pone en la querella levantada en la fiscalía. 
  10. Redacta tu renuncia y da seguimiento a tu carpeta de investigación. 

En la Ciudad de México, se establece que a aquellas personas que ejerzan acoso sexual se le impondrá de uno a tres años de prisión.

Cuando además exista relación jerárquica derivada de relaciones laborales, docentes, domésticas o de cualquier clase que implique subordinación entre la persona agresora y la víctima, la pena se incrementará en una tercera parte de la señalada en el párrafo anterior.

Y si la persona agresora fuese servidor público y utilizara los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, además de la pena prevista en el párrafo anterior se le destituirá y se le inhabilitará para ocupar cargo, empleo o comisión en el sector público por un lapso igual al de la pena de prisión impuesta.

Por ello, “lo importante es que hablemos, que sepamos a qué tenemos derechos”, recalca Torres Ortega, más aún porque “puede empezar en un hostigamiento sexual en el ambiente laboral, pasar a un abuso sexual que son tocamientos en zonas erógenas y derivar en una violación”.

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