La-Lista de obstáculos que ven las empresas para implementar la reforma del outsourcing
Foto: Cortesía General Motors México.

Las empresas públicas y privadas se enfrentan a un nuevo panorama laboral tras la entrada en vigor de la reforma de subcontratación, que regula la figura del outsourcing e insourcing, con el fin de evitar la evasión fiscal, darle más prestaciones a los trabajadores y fomentar el empleo formal.

Sin embargo, los cambios que esto implica y los tiempos para hacerlo ponen en jaque a las empresas, especialmente a las privadas, que tras su promulgación el 23 de abril, solo tuvieron poco más de tres meses para cumplir con los requisitos antes de su implementación. Mientras que al sector público se le dio hasta enero de 2022.

Frente a este periodo tan ajustado, el senador Ricardo Monreal, líder de la bancada de Morena, lanzó una iniciativa para postergar la entrada en vigor del 1 de agosto, al 1 de septiembre. Propuesta respaldada por el presidente Andrés Manuel López Obrador. Pero no ha sido la única, la senadora Kenia Rabadán, del PAN, ha solicitado que este plazo se extienda cinco meses, también a enero de 2022, a la par del gobierno.

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Por otra parte, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) aprobó aplazar las nuevas disposiciones de la reforma hasta que el Congreso o el Ejecutivo resuelva el nuevo plazo. Sin embargo, para los empresarios, la alternativa de extenderlo solo 30 días no son suficientes, pues los tiempos para realizar los cambios y la confusión en temas laborales y fiscales provocan una gran incertidumbre en el sector privado.

Los tiempos

Para Armando Leñero, presidente del Centro de Estudios para el Empleo Formal (CEEF), en entrevista para La-Lista, esto era un problema previsible. “En tres meses no iba a dar tiempo para hacer ese cambio tan fuerte. Esto es una falta de previsión y una muestra de que los legisladores no analizaron los tiempos”.

Tanto él como Héctor Márquez, director de Relaciones Institucionales de Manpowergroup, y Óscar de la Vega, socio director de la firma de La Vega & Martínez Rojas, consultados por este medio, coinciden en que si bien 30 días más no bastan, sí representan un paliativo. Aunque lo ideal sería contar con el mismo plazo que el gobierno y posponerlo hasta el próximo año.

Márquez explica que no solo son los tiempos sino también los presupuestos para llevar a cabo todos los cambios, pues muchas empresas hacen planes anuales, mientras que estos cambios pueden representar un gasto extra fuera de esos planes.

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Leñero detalla que el proceso al que se someten las empresas con la reforma no es rápido, pues en la conversión entran diferentes modalidades:

  • Insourcing: los que eran subcontratados pasarán a la nómina de la empresa.
  • Empresas que seguirán haciendo simulaciones o que pasarán a la informalidad. 
  • Y para los trabajadores que brinden servicios especializados entrarán en empresas ya establecidas o nuevas, algo que requiere de una serie de trámites como el acta constitutiva, obtener el RFC, abrir las cuentas bancarias, darse de alta en el Registro de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), entre otros.

En el caso del REPSE, de acuerdo con cifras de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS), desde el 24 de mayo, cuando iniciaron las inscripciones, han hecho su registro 9 mil empresas, de las cuales 3 mil lo concluyeron pero solo 600 han obtenido el permiso, es decir, cerca del 7% del total inscrito. 

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Ricardo Martínez, socio fundador de De la Vega y Martínez, señala que el bajo porcentaje del REPSE podría ser por tres factores: es obligatorio estar al corriente con las obligaciones del seguro social, SAT e Infonavit, algo que frenó a muchos por la falta de coordinación entre estas instituciones y la actualización en las páginas del gobierno, pues en algunos casos se muestra que se tienen obligaciones pendientes aunque no sea así. 

“La plataforma no está bien diseñada porque frenó a muchos por supuesto incumplimiento cuando no lo tenían o aún contando con la opinión favorable de libre de adeudo, o por errores históricos. Lo ideal es que te dejaran registrar y después aclarar cualquier pago pendiente, se debe corregir la página o el criterio”, afirma Martínez. 

Otro freno es que solo se permite hacer un registro por actividad. “Algo incorrecto porque hay empresas que dan servicios especializados en varias actividades”, explica. Así como para los grupos empresariales que dan servicios compartidos a sus propias empresas (financieros, jurídicos, recursos humanos y contabilidad) no es clara la información, por lo que deberán hacer un registro por actividad.

Confusión laboral

La reforma de outsourcing prohíbe la subcontratación de personal para dar paso a la subcontratación de servicios y obras especializadas. Es decir, las empresas podrán contratar servicios adicionales, pero que no estén bajo el mismo objeto social o de la actividad preponderante, pues estos deberán realizarse por empleados directos de la compañía.

Por ejemplo, Germán de la Garza, líder Servicios Laborales de la consultora Deloitte, explica en un comunicado: “Si yo tengo una panadería, no puedo pedir a una empresa de outsourcing que nos mande a los panaderos para hacer y vender el pan. Sin embargo, sí se permitirá la subcontratación de otros servicios especializados que no sean centrales para el negocio: un arquitecto que haga modificaciones en la cocina de la panadería”.   

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Sin embargo, las definiciones de servicios especializados aún no son claras sobre qué sí y qué no comprende, pues esto alcanza a actividades económicas que escapan al tema laboral, como el suministro de materiales en una cadena productiva.

Leñero pone otro ejemplo: Si una empresa de soldadura requiere un servicio de herrería, sí forma parte del objeto social, “es ahí donde puede existir confusión y criterios de interpretación”, expone.

Dudas fiscales

En el ámbito fiscal, las modificaciones a la Ley del Trabajo indican que el pago que hagan las empresas por subcontratar personal, a partir de que entre en vigor la reforma, en este caso la fecha contemplada es el 1 de agosto, no será deducible y el IVA no será acreditable.

Por lo que aquellas empresas que requieran de la subcontratación de servicios especializados deben asegurarse de estar debidamente dadas de alta, de lo contrario estos gastos tampoco podrán ser deducibles.  

Dentro de las modificaciones se establece la responsabilidad solidaria, en la que ambas empresas, tanto  la contratante como la prestadora de servicios, son corresponsables de que se cumplan los requisitos de ley, pues de no serlo, adquirirán las mismas sanciones.

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Up Sí Vale explica que de proporcionar o contratar servicios de subcontratación no autorizados pueden acarrear multas que van de 2,000 a 50,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA); es decir, que puede ir de los 179 mil a los 4.4 millones de pesos; esto solo por incumplir la ley del trabajo; a esto se le sumarían otras multas y agravantes por no cumplir con la Ley de Seguridad Social e Infonavit; además de que para el Código Fiscal de la Federación, la subcontratación no autorizada podrá considerarse un fraude fiscal.  

“Los modelos no ajustados son ilegales y habrá responsabilidad para quienes participen en estas prácticas. Si no se adecua al objeto de la reforma laboral, detonará una serie de amparos por violación a la libertad de trabajo”, dice de la Vega.

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