CAMe mantiene contingencia ambiental para el 19 de mayo

Martes 13 de mayo de 2025

CAMe mantiene contingencia ambiental para el 19 de mayo

Prevalecen altas concentraciones de ozono.

La Fase 1 de contingencia ambiental atmosférica por ozono y sus medidas se mantienen para este 19 de mayo en la Zona Metropolitana del Valle de México (ZMVM), que incluye a la Ciudad de México (CDMX) y el Estado de México (Edomex), informó la Comisión de la Megalópolis (CAMe).

A través de un comunicado, la autoridad ambiental detalló que a las 15:00 horas se registraron concentraciones máximas de 165 ppb en la estación de monitoreo de Centro de Ciencias de la Atmósfera (CCA) y, por la tarde, hubo condiciones adversas para la dispersión de contaminantes.

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De esta manera las autoridades mantienen la Fase 1 de contingencia ambiental a días de dar por concluida la misma fase tras registrar un récord de cuatro días consecutivos, en cinco años, con concentraciones máximas de ozono.

“Persistirá el sistema de alta presión, en el centro del país y aunque perderá intensidad, propiciará la afluencia ligera de humedad y la estabilidad atmosférica será moderada, por lo que habrá estancamiento de los contaminantes, además de radiación solar y cielo despejado a medio nublado en la mayor parte del día”, pronosticó la CAMe.

La dependencia se mantendrá alerta a la calidad del aire y a las condiciones meteorológicas, en tanto, recomendaron a la ciudadanía::

  • Evitar hacer actividades cívicas, culturales y de recreo, así como evitar hacer ejercicio al aire libre.
  • Suspender cualquier actividad al aire libre, organizada por instituciones públicas o privadas.
  • Posponer los eventos al aire libre, deportivos, culturales o espectáculos masivos.
  • No fumar, especialmente en espacios cerrados.

¿Qué autos no circulan mañana 19 de mayo?

Al activar la contingencia ambiental por ozono, la CAMe aplicó el Hoy Circula en la CDMX y el Estado de México para domingo 19 de mayo de las 5:00 a las 22:00 horas a:

  1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 3, 5, 7 y 9.
  3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado rojo, terminación de placa 3 y 4.
  4. Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
  5. Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON.
  6. Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
  7. Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará La restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

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Exenciones

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • Vehículos que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color rojo y terminación de placa 3 y 4.
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
  • Vehículos de servicios urbanos, destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
  • Las motocicletas están exentas de la Fase I.

Si no se acata el Hoy No Circula las autoridades correspondientes pueden multarte con una sanción que va de las 20 a 30 veces la Unidad de Medida y Actualización, UMA, lo que equivale a 2 mil 074.80 pesos o hasta 3 mil 112.2 pesos.

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