Controlar los permisos para controlar a los consumidores
Corto Circuito Paul es doctor en Políticas Públicas y cuenta con 14 años de experiencia en el sector energético donde destacan PEMEX, Brio Suministradora Energética y Ombudsman Energía México. Actualmente, es socio de Perceptia21 Energía y co-host de Corto Circuito. Adicionalmente, es profesor de la Escuela de Gobierno del Tec de Monterrey y el Colegio de la Frontera Norte, y ha sido investigador de NRGI, SEforAll y el BID. Twitter: @paulalejandros
Controlar los permisos para controlar a los consumidores
Foto: Ken Toshima/Pixabay

Uno de los argumentos recurrentes de la actual administración es que llegaron a poner orden en una industria desordenada después de su apertura con la reforma energética de 2013 y 2014. Un argumento central de la administración es que uno de los problemas principales que ha causado el desorden es el incremento del número de permisos entregados tanto en el sector eléctrico como en el de hidrocarburos.

El embate a los permisos es tal que se ha convertido en argumento central tanto de la reforma de Ley de la Industria Eléctrica y la iniciativa de reforma de la Ley de Hidrocarburos ya que a través de la modificación de dichas leyes se pretende cambiar el marco legal para controlar a los permisos y, por lo tanto, controlar a los consumidores.

En la exposición de motivos de la Ley de la Industria Eléctrica se señala que la entrega de permisos para las actividades sujetas al régimen de libre competencia y concurrencia estarán sujetos a los criterios de planeación del sistema eléctrico nacional que emita SENER para evitar su proliferación indiscriminada. Lo cual viola, precisamente, los principios consitutcionales de libre competencia y concurrencia.

Sin menoscabo de lo anterior, también indican que los permisos otorgados y vigentes al amparo de las leyes aplicables podrán ser revocados por la Comisión Reguladora de Energía, particularmente aquellos que protegen a las sociedades de autoabasto que se instalaron previo a la reforma energética. Esto, a su vez, viola el principio constitucional de la no retroactividad de la Ley.

En la misma línea, en la Ley de Hidrocarburos presenta dos modificaciones para controlar los permisos. La primera es establecer mayores condiciones para la obtención de un permiso, eliminando la afirmativa ficta lo que deriva en menor cantidad de permisos producto de una mayor parálisis administrativa.

En segundo lugar, se generan incentivos para definir de forma discrecional la suspensión de permisos cuando las autoridades determinen un riesgo inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o la economía nacional. El gran problema es cómo se definen estos tres conceptos y cómo se ejecutan dado que la acción de la autoridad a la que se refiere está sujeta a la interpretación probabilística de que un evento subjetivo pueda acontecer y causar un efecto negativo.

Es decir, una acto de autoridad basado en un evento que todavía no sucede y que lo define la propia autoridad en conceptos que tampoco tienen una definición jurídica o administrativa clara.

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El común denominador en la argumentación de la administración es, entonces, que existen muchos permisos y esos permisos de empresas privadas, tanto nacionales como internacionales, compiten con los permisos de CFE y de PEMEX. Con esta lógica en mente se reformó la Ley de la Industria Eléctrica, cuyos efectos se encuentran suspendidos, y se presentó una iniciativa de reforma de la Ley de Hidrocarburos para controlar el número de permisos que se emiten y suspender y revocar discrecionalmente aquellos ya otorgados.

¿Por qué es un problema? Porque es una idea básica de mercados abiertos a la libre competencia y libre concurrencia que a mayor número de empresas aumenta la competencia y, por lo tanto, se reduce la posibilidad de establecer precios por encima del equilibrio que dañe el bienestar de los consumidores. Es decir, con el control de los permisos, se controla el mercado y con el control del mercado se controla a los consumidores.

Ya la COFECE ha señalado que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha definido que la naturaleza del régimen de permisos no es limitar el número de estos, sino someter la participación al cumplimiento de ciertos requisitos porque no le corresponde al Estado la facultad exclusiva de realizar dichas actividades.

Conviene recordar, entonces, que los permisos no son concesiones, por lo que la por la naturaleza de las actividades permisionadas en la industria eléctrica y el sector hidrocarburos, el Estado no puede limitar el número de permisos, porque sería limitar el derecho de los ciudadanos y lastimar, en el proceso, a los consumidores; a ti, a mi y a todos nuestros conciudadanos.

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