INE: El costo de los derechos y la imposibilidad material
Perístasis

Jefe de la División de Educación Continua de la Facultad de Derecho de la UNAM, socio de la firma Zeind & Zeind y miembro del Sistema Nacional de Investigadores.

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INE: El costo de los derechos y la imposibilidad material
Foto: INE.

En noviembre pasado, el consejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE) expuso ante la Cámara de Diputados la propuesta de proyecto de presupuesto de dicha institución para el ejercicio fiscal 2022. Sin embargo, respecto de la propuesta original, la cantidad aprobada resultó con una reducción de alrededor de 5 mil millones de pesos que, cabe decir, se realizó sin un proceso deliberativo óptimo en el que se esgrimieran razones técnicas para tomar una u otra decisión. Esta disminución, de acuerdo con lo señalado por el propio INE, se encuentra directamente relacionada con el “presupuesto precautorio”, en el cual se prevé destinar recursos a la realización de, entre otras cosas, la revocación de mandato.

Cabe recordar que fue apenas en septiembre cuando se aprobó la Ley Federal de Revocación de Mandato, misma que es reglamentaria de la fracción IX del artículo 35 de la Constitución. En esta fracción incluida dentro de los derechos de la ciudadanía se establece básicamente que la revocación de mandato será convocada por el INE a petición de un porcentaje de la misma y los plazos para su realización. Por lo tanto, se tiene que además de tratarse esta figura de un evento futuro de realización incierta, el cumplimiento de ciertas reglas para que entre en operación es imprescindible, así como también lo es la modalidad y los tiempos en los que eventualmente se realizará.

Por su parte, la Ley Federal de Revocación de Mandato confirma que es el INE el responsable de la organización, desarrollo y cómputo de este ejercicio y que, además, debe garantizar la integración de nuevas mesas directivas de casilla y habilitar la misma cantidad de casillas que fueron determinadas para la jornada del proceso electoral anterior.

Así, se está ante la presencia de una herramienta que aunado a que al parecer no tendrá como base la pérdida de confianza en la persona titular de la Presidencia de la República, como lo señala la propia norma, resulta especialmente oneroso en razón de la necesidad de insacular, capacitar y designar a las personas funcionarias de las mesas directivas en las más de 160 mil casillas con que contó la jornada del proceso electoral anterior.

En razón de lo anterior, hace unos días el Consejo General del INE aprobó posponer temporalmente la organización de la eventual revocación de mandato debido a la insuficiencia de recursos. Esto ha desembocado en un importante número de críticas por parte de quienes han afirmado que el caso se judicializará, por lo que posiblemente serán el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) los que determinarán lo procedente respecto de esos eventuales reclamos y de la controversia constitucional interpuesta en días pasados por el INE.

Se debe apuntar que, como ya se ha señalado en este espacio, la cantidad de derechos que tiene la sociedad actual es el resultado de la ampliación que ha tenido el catálogo de los mismos a través de los años, lo que genera al Estado la obligación de satisfacer una cantidad cada vez mayor de necesidades de la sociedad y, por ello, invertir una porción creciente de recursos de todo tipo para lograrlo. También es necesario reiterar que con las solas reformas a la norma no se pueden lograr los cambios, toda vez que estas deben ir acompañadas de políticas públicas y presupuestos suficientes para realizarlos.

Respecto de las motivaciones de este eventual ejercicio, se considera relevante rememorar lo dicho por Charles R. Epp en la obra La revolución de los derechos: “Las revoluciones de los derechos se originaron en la presión ejercida desde abajo por la sociedad civil y no desde arriba, por el liderazgo de un grupo”.

En lo relativo al costo que tiene que ejercer aquella cantidad creciente de derechos reconocidos, la obra El costo de los derechos, de Stephen Holmes y Cass R. Sunstein, es esclarecedora al señalar que “las decisiones sobre qué derechos (de qué forma) cabe proteger y sobre cuánta riqueza social debe invertirse en hacerlo deberían estar sujetas a la crítica y el debate público constantes en procesos de deliberación democrática”.

En las manos del Poder Judicial de la Federación estará resolver si el INE debe llevar a cabo el ejercicio de revocación de mandato con un despliegue limitado de sus capacidades y no cumpliendo con los parámetros detallados en la norma. O si, al contrario, la Cámara de Diputados debe aprobar un presupuesto suficiente para que se realice de acuerdo con los criterios establecidos en la ley.

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