La independencia judicial bajo asedio
Temis y Deucalion

Abogado por la Facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana, cuenta con estudios de especialidad en Derecho Constitucional y Administrativo, así como Maestría en Derecho Fiscal.

X: @rodrguezaleman

La independencia judicial bajo asedio
Foto: Pixabay

En cualquier sistema democrático –como se supone el nuestro–, los operadores judiciales fungen como garantes de la constitucionalidad y vigilantes de la legalidad de los actos que despliegan los diversos entes del Estado. Precisamente por ese motivo, su función se encuentra protegida por diseño constitucional, a efecto de evitar cualquier injerencia externa o ataque que pudiese comprometer su libertad valorativa y de decisión.

A ese conjunto de prerrogativas otorgadas en favor de jueces, magistrados y ministros se le conoce como independencia judicial y se traduce en diversas garantías que comprenden, entre otras, la fijación de un plazo determinado para la duración de su encargo, la imposibilidad de disminuir sus remuneraciones, pero fundamentalmente la prohibición de que sus decisiones sean objeto de sanción, ni mucho menos de persecución penal.

Sobre dicho aspecto, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su Segundo Informe sobre la situación de las defensoras y los defensores de derechos humanos reiteró que, conforme al derecho internacional, se encuentra prohibido establecer como causal de sanción disciplinaria las actuaciones relacionadas con el juicio o criterio jurídico que desarrollen los operadores de justicia en alguna resolución.

¿Eso quiere decir que los jueces o magistrados son inmunes en el ejercicio de su función? Evidentemente no, primero, pues las partes en toda contienda judicial tienen a su alcance diversos mecanismos legales de impugnación o revisión que les permiten combatir en sede judicial las determinaciones con las que no se encuentren conformes.

Asimismo, las propias normas orgánicas que regulan la función judicial prevén un catálogo específico de causales, conforme a las cuales un juez o magistrado puede ser sometido a un procedimiento disciplinario por deficiencias o irregularidades en el ejercicio de su función. Sin embargo, solo en situación excepcionales resulta procedente que el criterio adoptado en una resolución pueda ser motivo de sanción administrativa.

¿Por qué se dice que la independencia judicial se encuentra bajo asedio en México?

Podemos citar diversos ejemplos, desde las deficiencias en los Poderes Judiciales Locales, donde un gran número de jueces desempeña su función sin contar con nombramiento definitivo, quedando sujetos a la voluntad de unas cuantas personas para su ratificación, hasta los ataques y amenazas que se conjuran desde las diversas tribunas del poder político.

Sin embargo, en las últimas semanas los ataques contra los miembros del Poder Judicial han subido de tono e intensidad, entrando a un terreno que debería preocuparnos a todos. Y para muestra un botón:

Hace unos días, el gabinete de seguridad del gobierno federal anunció a los cuatro vientos la interposición de una denuncia en contra del juez de distrito de Procesos Penales Federales con sede en Matamoros, Tamaulipas, quien en días pasados había dictado sentencia absolutoria en favor de 24 personas que supuestamente habían intervenido en un asunto relacionado con el caso Ayotzinapa. 

Esto es, aun cuando dicha decisión no ha sido calificada por un tribunal superior, desde el poder político ya se optó por presionar a la judicatura mediante la persecución penal de uno de sus miembros. ¿Qué sucederá en caso de que la sentencia del juez se confirme en instancias superiores? ¿Se denunciará también a los magistrados? ¿Con qué libertad podrán resolverse los recursos cuando existe el riesgo latente de ser denunciado si se falla en contra de los intereses del gobierno?

Pareciera que en este país cuesta mucho entender que la presunción de inocencia debe ser derrotada por las fiscalías, no por los jueces. Si los procesos penales cuentan con las suficientes pruebas para demostrar la culpabilidad de una persona, cualquier sentencia absolutoria puede ser combatida y revocada en una instancia superior. Por el contrario, si el trabajo de la fiscalía fue deficiente y no se allegaron al juicio los elementos suficientes para acreditar la culpabilidad, no habrá recurso legal que permita modificar dicha decisión. ¿Será que por esto se opta mejor por la presión a los jueces?

Una cosa nos debe quedar clara como mexicanos: si no defendemos la independencia judicial, los principales perjudicados seremos nosotros, no los operadores judiciales.

Ya sea el juez que califique una detención, el magistrado electoral que valide una elección o el ministro que tenga que pronunciarse sobre la constitucionalidad de un acto de autoridad, sin las prerrogativas que garanticen la independencia judicial, su criterio estará supeditado al poder político y no al mandato de la constitución y las leyes. De ese tamaño es el desafío.

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