Una mirada al futuro de la industria de cannabis en México
Columna Invitada
Una mirada al futuro de la industria de cannabis en México
Foto: Terre di Cannabis en Unsplash

A más de tres años de que se levantara la prohibición absoluta al consumo de cannabis en México, el 12 de enero pasado se publicó el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario para la Producción, Investigación y Uso Medicinal de la Cannabis y sus Derivados Farmacológicos. Este reglamento es la norma secundaria que permitirá que la autorización al uso médico y de investigación del cannabis ya estipulado en la ley, ahora sea una realidad.

En un análisis de las normas que reglamentan el uso medicinal del cannabis, podemos observar que el gobierno mexicano optó por un modelo de regulación con estrictos controles de verificación y prueba de materias primas; así como sistemas de trazabilidad para identificar el origen y etapas del proceso de evolución de productos relacionados con el cannabis. Este modelo de regulación, aunque estricto, permite todo tipo de actividades exclusivamente con fines médicos.

Por lo que hace a la transformación, comercialización, importación y exportación de productos distintos a medicamentos que contengan derivados de cannabis no psicoactivo, estas actividades estarán restringidas a productos con concentraciones de 1% o menores de THC.

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Por otra parte, aunque el marco legal que regulará el uso lúdico de cannabis aún se encuentra en discusión, se observa que existe una clara intención del gobierno mexicano de no permitir la transformación de cannabis psicoactivo para uso lúdico, o su mezcla con otras sustancias tales como alcohol, nicotina, tabaco, cafeína, bebidas energizantes o cualquier otra sustancia considerada o no como psicotrópica, al menos en una primera etapa.

Ante este escenario, la oportunidad que existe para el nacimiento de una industria de transformación de cannabis psicoactivo podría verse reducida al acondicionamiento de la planta para consumo en su estado natural. Se cierra la puerta a la producción y comercialización de concentrados para su vaporización o usos similares o equivalentes, incluyendo su uso en sistemas electrónicos o alternativos de administración de sustancias inhaladas, cigarros electrónicos, dispositivos de calentamiento, dispositivos vaporizadores y de vapeo con fines lúdicos; así como a la producción y comercialización de cannabinoides sintéticos.

En resumen, por la dirección que toma el proyecto de ley para la autorización del uso lúdico en el congreso, el cual sigue pendiente de aprobación al momento de escribir este artículo, podemos pensar que México se proyecta como país productor de cannabis, y que favorecerá el desarrollo de la industria farmacéutica y la creación de una industria a su alrededor; sin embargo, la postura final está aún por definirse.

Por otro lado, es importante mencionar, que con la introducción del cannabis en la industria y el comercio ahora será posible integrar la investigación, la actividad empresarial y la creatividad en la cadena de valor del cannabis y sus productos derivados a través de las distintas figuras de propiedad industrial como por ejemplo las patentes, los diseños industriales y las marcas.

Esto se logra mediante el otorgamiento de derechos exclusivos que por un lado benefician a inventores y creadores fomentando la innovación, y por otro lado aseguran el acceso de la sociedad a los beneficios derivados de dicha innovación, las buenas prácticas y la divulgación de la actividad científica equilibrando así el interés público.

En una búsqueda simple en la Gaceta de la Propiedad Industrial del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), que es el medio oficial de difusión de la información sobre la propiedad industrial en México, podemos encontrar al menos 293 registros que contienen la palabra cannabis, 91 de estos registros se refieren a patentes y diseños industriales, 202 registros corresponden a marcas.

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Los desarrollos tecnológicos en materia de patentes se relacionan principalmente con métodos y aparatos para la fabricación de productos, procesos de extracción, composiciones médicas y para uso veterinario; las creaciones en relación con diseños industriales se relacionan principalmente con empaques, y las marcas se solicitan en las clases relacionadas con productos de uso médico, cosmético, veterinario, fungicidas, herbicidas, prendas de vestir, productos agrícolas, bebidas con y sin alcohol, artículos para fumar, servicios de educación, entretenimiento, investigación, entre otros.

Además de las empresas nacionales, se observa el interés de empresas de Reino Unido, Canadá, Australia y Alemania, de participar en el mercado mexicano de cannabis; como parte de su estrategia comercial y de negocios dichas empresas han iniciado los trámites necesarios para proteger sus derechos de propiedad intelectual con el objetivo de obtener una ventaja competitiva en el corto o mediano plazo.

Finalmente, es importante mencionar que existen otras actividades que se beneficiarán de forma indirecta con la legalización del uso médico, lúdico y de investigación del cannabis; algunos ejemplos son las actividades relacionadas con sistemas de riego, cultivos hidropónicos, sustratos, servicios de educación y transporte entre otras. Estas actividades tienen la ventaja de que no están sujetas al cumplimiento de un estricto modelo de regulación, por lo que se vislumbran como una buena oportunidad de negocio con menor riesgo.

*La autora es experta en Propiedad Intelectual y socia de BC&B donde se ha especializado en presentación y trámite de patentes, diseños, y modelos de utilidad ante el IMPI.

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