El Senado fue omiso al no nombrar comisionados del Inai, resuelve la SCJN
Fotografía: Twitter/ Blanca Lilia Ibarra.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es inconstitucional la omisión del Senado de la República al no nombrar a los comisionados del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai).

Por mayoría de ocho votos se desechó el proyecto de la ministra, Loretta Ortiz Ahlf, que apuntaba en el sentido de que no existía una omisión del Senado, con el argumento de que se trataba de un tema político y que los nombramientos no se lograron por falta de “acuerdos”.  

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá señaló que era “absurdo” pensar que el Senado no está obligado a hacer los nombramientos de los comisionados del Inai, pues eso les permitiría alargar los plazos hasta que el organismo se quede sin quórum y desaparezca.

“Sí existe un plazo razonable para realizar los nombramientos, pues el diseño constitucional del Inai exige que este órgano se conforme con siete comisionados en función de las atribuciones a dicho órgano (…) lo contrario nos llevaría al absurdo de que el Senado podría alargar indefinidamente el nombramiento de comisionados hasta su desaparición”, dijo el ministro durante la discusión en la sesión de esta tarde.

En ese sentido, el ministro Alberto Pérez Dayán indicó que, aunque la Constitución no establece plazos específicos para que el Senado nombre a los comisionados del Inai, no tiene justificación alargar los nombramientos, ya que estos deben cumplirse en tiempos “razonables”.

“Esto se vuelve una obligación implícita porque es competencia del Senado nombrar a los integrantes del Instituto y si no lo hace en los tiempos razonables, bajo el argumento de que no existe plazo, obviamente incumpliría con esa obligación implícita”, apuntó el ministro, Pérez Dayán.

Por su parte, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo también indicó que existe la omisión por parte del Senado al incumplir con los nombramientos de comisionados del Inai y negó que esta determinación no representa un exceso o que la SCJN invada funciones del Poder Legislativo.

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Los comisionados del Inai interpusieron una controversia constitucional ante la SCJN por la omisión del Senado. Fotografía: Twitter/ Blanca Lilia Ibarra.

“Las resoluciones que dictamos tienen como único objetivo el privilegiar la supremacía de la Constitución y los principios que se encuentran en ella establecidos, porque lo que está en medio es el orden constitucional en sí mismo”, dijo el ministro, Pardo Rebolledo.

En contraste, el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea y la ministra Yasmín Esquivel Mossa votaron a favor del proyecto y señalaron que no existe la omisión ni existen plazos para realizar los nombramientos.

El ministro Zaldívar señaló que la discusión era “problemática”, pues podría derivar en una invasión de facultades del Legislativo y enfatizó que no existe un incumplimiento del Senado, sino que es el propio procedimiento establecido en la Constitución que “dificulta” los nombramientos.

“No hay un ilícito constitucional o un incumplimiento de un deber constitucional, es el propio diseño constitucional y legal del procedimiento de designación lo que ha complicado que esto se lleve a cabo, derivado de la conformación que en este momento tiene el Senado de la República”, atajó.

La ministra Ana Margarita Ríos Farjat propuso que el pleno del Inai pueda sesionar con sólo cuatro comisionados mientras se concretan los nombramientos en el Senado, planteamiento que tuvo la aceptación de la mayoría de ministros, pero que no fue votado como parte de los efectos.

El asunto será turnará a otro ministro o ministra que haya votado a favor de la existencia de la omisión del Senado para que elabore un nuevo proyecto con las resoluciones y efectos, que deberá a abordar si la SCJN obligará a la Cámara Alta a nombrar los comisionados del Inai y el tiempo que se les dará para esa obligación, así como la posibilidad de que el Pleno sesione con cuatro integrantes.

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