El litigio estratégico respecto del tráfico de armas
Perístasis

Director del Seminario de Derecho Administrativo de la Facultad de Derecho de la UNAM, socio de la firma Zeind & Zeind y miembro del Sistema Nacional de Investigadores. X: @antoniozeind

El litigio estratégico respecto del tráfico de armas
La propuesta fue planteada por la Sedena. Foto: Wolfgang Brauner/Pixabay.

El pasado 4 de agosto, el gobierno de México interpuso una demanda civil en una corte federal en Massachusetts en la que se reclama que la venta, fabricación y distribución de armas en Estados Unidos favorecen el tráfico de armas en México, fenómeno que se encuentra relacionado estrechamente con la violencia y el narcotráfico que en los últimos años se han incrementado y hoy son problemas que el Estado mexicano no ha podido controlar.

Específicamente, la demanda fue presentada en contra de 11 empresas dedicadas a la producción y distribución de armas por promover prácticas comerciales negligentes e ilícitas, buscando con ello una reparación del daño derivada de la responsabilidad extracontractual (aquella que surge cuando hay una violación a un deber de no afectar a terceros). Con la promoción de estas prácticas, se considera que su adquisición por parte de miembros de la delincuencia organizada que operan en territorio mexicano se ha facilitado y, no solo eso, incluso algunas de estas empresas han ofrecido distintos elementos que “agregan valor” a sus productos, como puede ser la personalización de muchos de ellos.

No obstante este hecho sin precedentes se debe tener en cuenta que se está ante una industria muy poderosa en el país vecino, pues de acuerdo con datos de diversas organizaciones internacionales, Estados Unidos es actualmente y con mucha distancia, el más grande exportador de armas en el mundo. Incluso, su industria de armas ha contado históricamente con un gran poder económico y político dentro de aquel país, pues con base en la segunda enmienda de su Constitución el derecho de tener y portar armas se ha considerado por amplios sectores uno irreductible en aras de preservar la libertad de la Nación, contando inclusive estas productoras con una especie de blindaje jurídico muy importante.

Sin embargo, el gobierno de México considera que aquellas empresas han actuado con negligencia e ilicitud, pues por ejemplo, se tiene que algunas de las compañías encargadas de la compraventa de estos bienes mantienen políticas de venta muy flexibles, ya que a pesar de que se trata de productos diseñados para causar daño, se ha dado un relajamiento de los controles para verificar de manera oportuna el perfil de la persona que pretende adquirirlos. Asimismo, la política de comercialización ha buscado incluso introducir elementos diferenciadores en las armas, buscando hacerlas más atractivas para perfiles muy específicos de clientes mexicanos. Como otro ejemplo, se tiene que pese a la importancia que tiene contar con una base de datos muy completa del seguimiento a la ruta que siguen las armas, en realidad esa trazabilidad no se encuentra presente y el camino que siguen éstas es verdaderamente incierto.

El 17 de septiembre, la corte federal del distrito de Massachusetts estableció las fechas en que se sustanciará todo el proceso, teniendo que las empresas demandadas tendrían hasta el 22 de noviembre de 2021 para presentar su respuesta a la demanda mexicana y oponer sus defensas legales. Posteriormente, será hasta el 31 de enero de 2022 que el gobierno de México pueda responder, para luego dar paso a una contrarréplica de las empresas hasta el 28 de febrero de 2022. Lo anterior, con la intención de contar con una resolución durante el primer semestre del siguiente año.

Como puede notarse, el único de los plazos que se ha agotado hasta los días actuales es aquel durante el cual las empresas presentaron su respuesta. Sobre esta última se debe decir que estas compañías buscan que se deseche la demanda por carencia de fundamentos, señalando que la política de control de armas se sustenta en una cultura diferente a la que sirve como base del derecho constitucional de tener y portar armas en Estados Unidos.

Es importante decir que a pesar de existir un Tratado sobre el Comercio de Armas con 130 Estados firmantes, el número de ratificaciones no ha resultado tan exitoso pues solo se han realizado en 83 países, encontrando que los restantes no se han obligado a hacer las adecuaciones normativas domésticas para regular de manera más eficaz el comercio de estos bienes.

Se está ante una decisión histórica y sin precedentes del gobierno de México que posiblemente abonará de manera contundente a la discusión sobre el control del comercio de armas en el mundo y que puede posicionar al país con un fuerte liderazgo en la región y en el seno del Consejo de Seguridad de la Organización de las Naciones Unidas. 

A los problemas globales se les debe combatir con esa dimensión.

Desde este espacio se les desea un excelente fin de año y un gran 2022.

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