Obra pública vs obra política
Ciudadano Político

Provocador de ciudadanos, creador de espacios de encuentro y conocimiento. Exservidor público con ganas de regresar un día más preparado. Abogado y politólogo con aspiraciones de chef. Crítico de los malos gobiernos y buscador de alternativas democráticas. Twitter: @MaxKaiser75

Obra pública vs obra política
El lunes 21 de marzo iniciaron las operaciones del AIFA. Foto: AIFA/Facebook.

La obra pública es una herramienta fundamental de un gobierno. Se trata de la capacidad de dotar al país de la infraestructura necesaria para generar desarrollo y crecimiento. Para eso, el constituyente permanente estableció en el artículo 134 de la Constitución varios principios fundamentales. Primero, sobre la utilización general de los recursos públicos, en el párrafo primero:

“Los recursos económicos de que dispongan la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados”.

Es decir, existe un mandato constitucional, una obligación formal de cualquier entidad pública para administrar los recursos con base en la eficiencia, la eficacia, la economía, la transparencia y la honradez, y solo hacerlo para satisfacer los objetivos a los que estén destinados.

Vamos uno por uno.

Eficiencia quiere decir tener la conciencia de que los recursos públicos son finitos, escasos y son de todos los mexicanos, y por eso se deben utilizar los menos posibles para cumplir con los objetivos planteados. Es decir, sacarles el mejor provecho posible a los recursos disponibles.

Eficacia quiere decir que los recursos deben utilizarse para cumplir objetivos públicos, no políticos o personales. Disminuir la pobreza, mejorar la seguridad, crear mejores condiciones para el crecimiento económico, mejorar la movilidad de los mexicanos son algunos ejemplos de objetivos que generan bienestar común, y pueden perseguirse con el dinero de todos. La economía es el principio que obliga a cualquier autoridad a buscar las mejores opciones, métodos, procesos o tecnologías para generar ahorros que permitan la maximización de los recursos.

Transparencia es el principio que obliga a hacer todo lo anterior de cara a la ciudadanía, quienes tenemos, en todo momento, el derecho de saber y preguntar todo lo que consideremos pertinente.

Honradez es el principio que obliga a las autoridades a evitar cualquier beneficio personal, en la administración de los recursos públicos.

Y por si estos principios no fueran lo suficientemente claros, el constituyente permanente agregó “para satisfacer los objetivos a los que estén destinados”. Es decir, los recursos públicos solo pueden destinarse a satisfacer los objetivos previamente establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo, y no a proyectos políticos o personales que se desvíen de esos objetivos.

Pero el párrafo tercero del artículo 134 constitucional establece obligaciones adicionales a la administración de los recursos públicos cuando se destinan a obras públicas, porque dice que estas deben “asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes”.

Por todo esto, una obra pública solo cumple con los parámetros constitucionales cuando se hace con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, para cumplir los objetivos a los que está destinadas y se aseguran las mejores condiciones de precio, calidad, financiamiento y oportunidad.

En el Plan Nacional de Desarrollo de este gobierno, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio del 2019, se establece que el aeropuerto Felipe Ángeles “permitirá un ahorro estimado en 100 mil millones de pesos, tendrá tres pistas (dos de uso civil y una para operaciones militares) y permitirá realizar 190 mil operaciones aéreas anuales y atender a unos 20 millones de pasajeros cada año”.

Así, la evaluación de esta obra, la más emblemática de este sexenio, deberá hacerse con base en los parámetros constitucionales, no con criterios políticos o de propaganda personal.

Para esto, las preguntas necesarias son: ¿Era la mejor forma de utilizar los recursos públicos disponibles? (Eficiencia) ¿Logrará cumplir con el objetivo de mover a 20 millones de pasajeros y realizar 190 mil operaciones al año (55 mil pasajeros al día y 520 operaciones diarias) ¿Cuándo? (Eficacia) ¿Se maximizan los recursos públicos presentes y futuros con esta obra? (Economía) ¿Conocemos todo lo relativo a la contratación y ejecución de la obra? (Transparencia) ¿Se generaron negocios personales o beneficios privados con la obra? (Honradez) ¿La obra fue realizada asegurando las mejores condiciones de precio, calidad, financiamiento y oportunidad?

Solo las respuestas objetivas, veraces, completas y oficiales a estas preguntas nos permitirán determinar si se trata de una obra pública que cumple los parámetros constitucionales, o una obra política que solo cumple los caprichos de una persona. El 21 de marzo de 2022 fue la inauguración, a partir del 22 de marzo inicia la evaluación. Es tu dinero y el futuro de tu país, por eso te deben interesar las respuestas y las consecuencias de estas.

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