La reforma energética contra la supremacía y la rigidez constitucional
Perístasis

Jefe de la División de Educación Continua de la Facultad de Derecho de la UNAM, socio de la firma Zeind & Zeind y miembro del Sistema Nacional de Investigadores.

X: @antoniozeind

La reforma energética contra la supremacía y la rigidez constitucional
Foto: Angeles Balaguer/Pixabay

Atendiendo a la reformabilidad de las constituciones, desde hace más de 100 años James Bryce señaló que pueden existir las rígidas y las flexibles. Cuando se habla de una constitución rígida se está ante la presencia de una constitución cuyos cambios requieren de un proceso complejo para ser realizados; por su parte, las constituciones flexibles son las que se pueden reformar de forma menos compleja, es decir, las que no requieren de pasos especiales para ser reformadas. En México, el artículo 135 de la constitución establece que esta puede ser adicionada o reformada una vez que se cumplan ciertas reglas especiales, por lo se le puede considerar una de tipo rígida.

No obstante, históricamente se ha criticado a la constitución mexicana por tratarse, en el plano de los hechos, de una ley fundamental flexible (desde el punto de vista de aquellos críticos). La gran cantidad de reformas que sexenio con sexenio ha tenido sobre todo en los años más recientes es la prueba que ellos aportan para afirmarlo.

A pesar de lo anterior, la actual administración ha sido más bien moderada en sus intentos de reformar a la carta magna, pues al mes de mayo de 2021 en este periodo se habían reformado 55 artículos de esta (por ejemplo, durante el sexenio del presidente Enrique Peña Nieto se reformaron 155 artículos).

La estrategia emprendida por el presidente Andrés Manuel López Obrador desde el principio de su sexenio ha sido la de un incremento gradual de la presión por realizar los cambios que diariamente busca explicar: en diversos casos ha iniciado por buscar a través de acciones ejecutivas cambiar el sentido de algunas leyes, para luego buscar reformar las propias leyes, dejando como último recurso en casos controversiales la reforma a la constitución. En varios ejemplos, tanto las acciones ejecutivas como las reformas a la legislación secundaria han sido combatidas ante tribunales por quienes han considerado lesionada su esfera jurídica, esto con una buena posibilidad de éxito a juzgar por el sentido de las resoluciones que el Poder Judicial ha dictado respecto de distintos asuntos.

Cabe decir que la implementación de la estrategia de una reforma gradual al orden jurídico conlleva los riesgos inherentes al desgaste propio del ejercicio del poder y a una correlación de fuerzas dentro del Congreso de la Unión menos favorable para el partido en el poder que la que se tenía en 2018, por lo que las reformas constitucionales que se van a proponer (energética, electoral y de la Guardia Nacional) parecen difíciles de lograrse.

Por lo anterior, en los próximos meses se empezará a ver que aquello que sostenía James Bryce cobra fuerza al paso que comienza el final de una administración, pues son las reglas especiales que supone la rigidez de la constitución mexicana las que llevarán a la necesidad de que se privilegie el consenso en el Congreso de la Unión y que, finalmente, una vez más la supremacía constitucional brinde estabilidad al Estado mexicano.

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