El caso de Nuevo León y la necesidad de una ley general de aguas
Perístasis

Jefe de la División de Educación Continua de la Facultad de Derecho de la UNAM, socio de la firma Zeind & Zeind y miembro del Sistema Nacional de Investigadores.

X: @antoniozeind

El caso de Nuevo León y la necesidad de una ley general de aguas
El México enfrenta uno de los periodos de sequía más graves de su historia. Foto: EFE / Archivo

El estado de Nuevo León es parte de la federación mexicana. De acuerdo con el Censo de Población y Vivienda 2020 del Inegi, de las y los más de 126 millones de mexicanas y mexicanos, 5.7 millones son de Nuevo León. La entidad cuenta con 51 municipios, además de que su capital Monterrey, junto con otros 17 municipios, conforman la Zona Metropolitana, misma que se trata de la segunda área urbana más importante de México.

Como sucede con cualquier metrópoli, los problemas a los que se enfrenta son crecientes en lo referente a lo complejo que puede resultar resolverlos y en la cantidad y diversidad de estos, requiriendo además de depurados esquemas de coordinación entre los municipios que la conforman, el estado del que son parte y la Federación.

Si bien hay retos comunes a cualquier estado o municipio, como pueden ser la seguridad pública, la educación o la protección de la salud, la provisión de servicios públicos es una de sus tareas sustantivas. Cabe destacar que tal como lo señala el jurista Jorge Fernández Ruiz, los servicios públicos son “toda actividad técnica destinada a satisfacer una necesidad de carácter general, cuyo cumplimiento uniforme y continuo deba ser permanentemente asegurado, regulado y controlado por los gobernantes”.

Definitivamente, en el caso del derecho humano al agua se está ante la presencia de un servicio público que se requiere sea cumplido de manera uniforme y continua. No obstante, el incremento de las necesidades en el sector agrícola, en la industria y las relacionadas con el consumo doméstico han ido aparejadas de un agotamiento progresivo de este y también de procesos cada vez más onerosos para su saneamiento.

En las últimas semanas se ha sabido del grave problema que se vive en la Zona Metropolitana de Monterrey, donde gracias a la falta de lluvias, y con ello a la escasez de agua en las presas que suministran este recurso a esa región, el derecho humano al agua establecido por los artículos 4º de la Constitución mexicana y 3º de la Constitución neoleonesa no se está garantizando y en su calidad de servicio público, su cumplimiento uniforme y continuo no está siendo asegurado.

Es momento de que toda la sociedad hagamos una profunda reflexión sobre la necesidad de una inversión de recursos creciente en aras de resolver este problema tan complejo. Mientras en México seguimos inmersos en discusiones seguramente menos importantes que la relacionada con el acceso al agua, hoy en una de las regiones con mayor desarrollo la población está sufriendo lo no padecido desde hace muchos años, encontrando en pleno año 2022 otro ejemplo de los efectos adversos del cambio climático y una persistente indolencia respecto de las medidas que se deben tomar para combatirlo.

De igual manera, se torna impostergable poner al día la regulación jurídica de este asunto de especial relevancia para la viabilidad misma del Estado, pues la rebasada Ley de Aguas Nacionales beneficia claramente al sector privado en detrimento del interés público y no cuenta con la perspectiva de derechos humanos que debe priorizarse en un tema de este calado.

Es preciso contar con una ley general de aguas que lleve al detalle lo establecido por el citado artículo 4º (la cual desde el año 2013 debió expedir el Congreso de la Unión), para que finalmente este tema sea abordado acorde a la realidad actual y el problema que conlleva la falta de coordinación entre los órdenes de gobierno municipal, estatal y federal sea finalmente subsanado, así como algunas otras lagunas existentes.

Síguenos en

Google News
Flipboard