Un negro precedente en Ecuador
Medios Políticos

Es un periodista especializado en el análisis de medios y elecciones. Tiene posgrado en Derecho y TIC, obtuvo el premio alemán de periodismo Walter Reuter en 2007, fue conductor en IMER y durante 12 años asesor electoral en el IFE e INE, editor, articulista y comentarista invitado en diversos diarios, revistas y espacios informativos. Twitter: @lmcarriedo

Un negro precedente en Ecuador
'Lasso decretó el fin prematuro del Congreso, pero también el de su propio mandato, aunque con un cálculo para no salir destituido por corrupción y eventualmente volver a competir'. Foto: EFE

El Congreso de Ecuador perfilaba destituir al presidente Guillermo Lasso, pero el mandatario se adelantó. Este miércoles disolvió a la Asamblea Nacional en medio de un juicio político en su contra por corrupción, activando una polémica figura constitucional y legal conocida como “muerte cruzada”, la cual implica que el gobierno desaparece de facto al poder legislativo temporalmente para convocar a nuevas elecciones, anticipadas, en donde se vota tanto por asamblea como por presidencia.

Es decir, Lasso decretó el fin prematuro del Congreso, pero también el de su propio mandato, aunque con un cálculo para no salir destituido por corrupción y eventualmente volver a competir. Además, en tanto se llevan a cabo esas nuevas elecciones, sin Congreso, Lasso gobernará por decretos al menos durante tres meses. Un negro precedente, con resortes golpistas, en donde la interpretación forzada de una regla constitucional para protegerse abre la puerta a su uso discrecional para disolver parlamentos al contentillo, eludir votaciones adversas y escapar de un escándalo de corrupción que se exhibió en enero pasado.

Fue en 2008 cuando la figura llegó a la Constitución ecuatoriana, la cual prevé desde entonces en su artículo 148 tres supuestos para la “muerte cruzada”. Por un lado, dice que la o el presidente “podrá disolver la Asamblea Nacional cuando, a su juicio, ésta se hubiera arrogado funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional”. El segundo caso es “si de forma reiterada e injustificada obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo” y el tercero, y último, el invocado por Lasso, cuando exista “grave crisis política y conmoción interna”. En realidad, no hay “conmoción”, sino un proceso de juicio político por corrupción.

Al activar esta polémica interpretación forzada de la medida “constitucional”, el plazo para nuevas elecciones debe ser convocado “siete días después de la publicación del decreto de disolución”, y el Consejo Nacional Electoral tendría que convocar a esas elecciones legislativas y presidenciales para que en 90 días, quienes resulten electas y electos, puedan terminar el periodo que dejará anticipadamente Lasso y el Congreso ya disuelto.

En enero de este año, un audio escándalo de corrupción exhibió al cuñado de Lasso, pero principalmente a Hernán Luque, un muy cercano colaborador de presidente desde sus tiempos de banquero, a quien se escucha hablando de robos en una trama de corrupción con la empresa estatal de fletes petroleros FLOPEC. Luque renunció al gobierno de Lasso en 2022, cuando no se conocían los audios, pero iniciando este año supimos que en su paso por el gobierno pedía 150 mil dólares mensuales para enviarlos a cuentas de Andorra.

Lasso se dijo traicionado, argumentó que no hay cargo público para su cuñado, pero el tema creció y en medio del juicio político el presidente activó la “muerte cruzada”. 

El precedente es grave para la región, porque ante una investigación de corrupción, el señalado disuelve a quienes le juzgan y se queda gobernando por decreto. 

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