El presupuesto como presupuesto de la independencia
Perístasis

Jefe de la División de Educación Continua de la Facultad de Derecho de la UNAM, socio de la firma Zeind & Zeind y miembro del Sistema Nacional de Investigadores.

X: @antoniozeind

El presupuesto como presupuesto de la independencia
Foto: Especial

De acuerdo con el Diccionario Panhispánico del Español Jurídico, la independencia judicial es “uno de los principios básicos que garantizan el buen funcionamiento de la Administración de Justicia, que exige que el juez no esté sometido a voluntad alguna distinta de la ley”.

Se trata un principio sin el cual no se puede hablar de un estado de derecho y por supuesto de una vida en democracia, pues el blindar a los tribunales de cualquier presión externa que pretenda tener una injerencia en el sentido de sus fallos es brindar certeza jurídica tanto a gobernantes como a gobernados, siendo ésta una de las maneras en las que se materializa no sólo el principio de división de poderes, sino el de igualdad de todas las personas.

En un entorno en el que los poderes judiciales alrededor del mundo están siendo cuestionados por los órganos políticos, el hecho de que la sociedad sea celosa de su protección es fundamental.

De igual manera, en México el Poder Judicial de la Federación y, específicamente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (que es una de las instituciones en que se deposita el ejercicio de aquel), son actualmente objeto de embates por parte de los órganos políticos a causa de que estos consideran que las personas juzgadoras además de negarse a sus políticas de austeridad, resuelven frecuentemente las controversias que dirimen en contra de los actos realizados por el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo.

Desde hace algunas semanas las críticas al Poder Judicial por parte de los otros poderes se han intensificado y hoy se está entrando en una espiral en la que además de que nadie gana, la sociedad puede resultar la principal damnificada: los amagos de una reducción importante reducción al presupuesto aprobado para el Poder Judicial en el siguiente ejercicio fiscal.

Evidentemente, para cualquier institución es un factor condicionante de la calidad con que presta sus servicios depender de otra para subsistir año con año, por lo que históricamente han sido el presupuesto y la facultad exclusiva de la Cámara de Diputados para aprobarlo, importantes medios de presión para intentar incidir en el desempeño de sus funciones, en este caso, en el sentido de los fallos de los órganos jurisdiccionales comprometiendo así su independencia.

Aunado a la defensa que como sociedad debemos hacer de uno de los poderes de la Unión, tenemos que comenzar a debatir sobre la pertinencia de garantizar en cada ejercicio fiscal un presupuesto mínimo para algunas instituciones entre las que sin duda está el Poder Judicial de la Federación.

Un buen ejemplo de lo anterior es la reforma al artículo 57 de la Constitución Política del Estado de Jalisco publicada el pasado 25 de julio, misma que señala que “el presupuesto del Poder Judicial no podrá ser inferior al dos por ciento del presupuesto de egresos del Estado para el ejercicio fiscal de que se trate”. Es decir, en esa entidad federativa el Poder Judicial podrá ejercer sus facultades sin estar sujeto a vaivenes políticos, resultando con ello fortalecida la independencia judicial.

Toda vez que se ha anunciado que el titular del Ejecutivo Federal realizará una propuesta de reforma constitucional para llevar a cabo cambios en el Poder Judicial de la Federación, habría que abonar a la eventual discusión proponiendo que nuestra Carta Magna incluya lo que en Jalisco se ha conocido como un “presupuesto constitucional” para el Poder Judicial, brindando con ello la certidumbre y estabilidad indispensables para que su independencia sea plena y se promueva el Estado constitucional y democrático de derecho en el que aspiramos a vivir.

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