Activista, luchadora social y promotora de los derechos humanos de las mujeres, niñas, niños, personas con discapacidad, comunidades indígenas y personas LGBTQ+. Presidenta de la Asociación Civil Rosa Mexicano. @catymonreal_
¿Por qué existe la 3de3 contra la violencia de género?
La parte importante es que no basta la denuncia. Tiene que haber una condena y un registro en los padrones correspondientes. Claramente esta doble llave cambia el panorama para muchos y muchas.
La parte importante es que no basta la denuncia. Tiene que haber una condena y un registro en los padrones correspondientes. Claramente esta doble llave cambia el panorama para muchos y muchas.
Educar a las personas respecto a la violencia de género es una de las labores que hacemos desde Rosa Mexicano, la asociación que presido. Una de las cosas que me dicen más seguido es que “a las mujeres ya no se les puede decir nada, todo es violencia de género”. Esta frase es terrible de escuchar porque refleja que tan normalizada esta la violencia contra las mujeres en nuestro país. Quizás es por esto que cuando se señala un caso de violencia contra la mujer, una de las defensas más usadas es “ustedes están malinterpretando, yo no soy un agresor de mujeres, esto es una broma”.
Para evitar esto creo que es necesario seguir enseñando a todas y todos sobre la violencia contra las mujeres. Quizás es mi “(de)formación” de abogada, pero recuerdo bastante bien aquella frase que se usa en los primeros semestres de derecho: “La ignorancia de la ley no te exime de su cumplimiento”. En México, el feminismo y sus aliadas y aliados han trabajado arduamente por crear un marco legal, herramientas y protocolos para empezar a crear ese cambio social que implica decirle no a la violencia contra las mujeres y a la violencia de género.
Empecemos con algunos de los conceptos básicos que van a cobrar aún más relevancia de cara a 2024: la violencia política contra las mujeres por razón de género (VPMG) y la ley 3de3 contra la violencia. Se ha señalado que un efecto no intencionado de las cuotas de género es que al alcanzar estos espacios las mujeres encuentran mayor resistencia por parte del sistema patriarcal. La agenda por la participación política tiene que empezar a migrar sus objetivos de romper los techos de cristal, a cuidar a las mujeres en cuerpo y mente que están accediendo a esos espacios.
La VPMG es una herramienta clave para esto, pues permite denunciar un tipo de violencia que se basa en descalificar a la mujer por su género, minimizar sus capacidades y funciones. Puede incluir violencia física, psicológica, simbólica, sexual, patrimonial, económica y, en el peor de los casos, feminicida. Se ejerce con el objetivo de impedir que una mujer ejerza sus derechos a votar y ser votada y, algo que es sumamente importante, la pueden ejercer todas las personas que incurran en estas conductas, no sólo personas que son funcionarias públicas. El caso de Layda Sansores es quizás uno de los ejemplos más claros que ha habido en este tema.
Antes del caso de Sansores, el Registro Nacional de Personas Sancionadas en materia de Violencia Política contra las Mujeres por razón de género (RNPS) contaba con 295 personas sancionadas, de las cuales el 19% son mujeres y el 81% son hombres. El nombre de Layda no aparece al momento que escribo estas líneas, pero ya se determinó que será registrada en el RNPS. La importancia de esto reside en que, hemos oído de muchos casos de VMPG, pero esos casos no llegan a registrarse. Esto tiene diferentes implicaciones, dada la entrada en vigor de la ley 3de3 contra la violencia.
La 3de3 contra la violencia es una iniciativa que viene de la ciudadanía, de los parlamentos de las mujeres y que buscaba “blindar” las candidaturas contra las personas que han cometido actos de violencia de género. Para esto consideraba que, si un candidato o candidata caía en cualquiera de los siguientes supuestos, no podría considerarse como apta o apto para representar al pueblo de México. Era una intervención de género a los criterios de modo honesto de vivir y buena conducta que ya se contemplaban para el servicio público. Los tres supuestos son ninguna persona agresora sexual, deudora de pensión alimenticia o que haya ejercido violencia familiar podrá obtener un empleo o cargo en el servicio público o ser registrada como candidata para ocupar un cargo de elección popular.
La parte importante es que no basta la denuncia para probar que estas en estos tres supuestos. Tiene que haber una condena y un registro en los padrones correspondientes. Claramente esta doble llave cambia el panorama para muchos y muchas. Esas 291 personas por ejemplo no solo no podrán competir en elecciones, tampoco podrán integrarse a gabinetes u otros puestos del servicio público. Es un golpe efectivo y demoledor contra la violencia de género.