Revocación y consulta, reformar reformas
Medios Políticos

Es un periodista especializado en el análisis de medios y elecciones. Tiene posgrado en Derecho y TIC, obtuvo el premio alemán de periodismo Walter Reuter en 2007, fue conductor en IMER y durante 12 años asesor electoral en el IFE e INE, editor, articulista y comentarista invitado en diversos diarios, revistas y espacios informativos. Twitter: @lmcarriedo

Revocación y consulta, reformar reformas
La primera consulta popular ya se consumó, falta la de revocación de mandato. Foto: Luis Lozano

La consulta popular y la hoy famosa revocación de mandato son figuras de democracia directa que obtuvieron su diseño constitucional vigente en 2019, una reforma que a la luz de la conflictiva experiencia amerita ya nuevos ajustes si en verdad hay voluntad para abrir candados exagerados sobre los temas a consultar, mejorar las condiciones presupuestales de estas figuras y propiciar una participación masiva e informada de toda la población, con difusión suficiente en radio y televisión y en consecuencia, con viabilidad para que sean nutridos los votos y obligatorios, no solo testimoniales, los resultados.

Es evidente que fue un error obligar a que nunca coincida una jornada de votación de elección federal o local con la jornada de votación de consultas populares o de revocación de mandato. Ese solo hecho eleva los costos de forma considerable y complica mucho lograr el umbral de 40% de participación de votantes, además, se ha decidido siempre darle muy poca difusión a consultas y revocación frente a la difusión de elecciones, en contradicción con el discurso que defiende la lógica de la revocación como “una elección presidencial, pero al revés”.

Si es como una elección presidencial, debería tener difusión similar a la de una elección presidencial. Pero hoy, por decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) –ya avalada por el tribunal– y por una ley poco clara al respecto, se le da tratamiento de periodo ordinario en cuanto a mensajes de radio y televisión para consultas populares y revocación, algo que se suma a que por decisión de la Cámara de Diputados se disminuyen los presupuestos requeridos para volver a instalar todas las casillas en fecha distinta a los comicios.

Si en 2019 no se hubiera reformado la constitución prohibiendo que la fecha de consulta popular fuera la misma de una jornada electoral federal 2021, habría bastado colocar una urna adicional para la consulta de “expresidentes” y otra para la revocación de mandato junto a las urnas dispuestas para elegir diputaciones y gubernaturas, un par de boletas en las mismas casillas, en lugar de tener que volver a instalar todas las casillas semanas, meses o un año después solo por una urna de consulta o revocación.

La participación en junio para elección federal fue de 52.6% de votantes, la consulta popular nacional de agosto, con poca difusión, con poco presupuesto y con más de 100 mil casillas menos, apenas sumó 7% de participación (de 40% requerido para ser vinculante).

El umbral de junio habría bastado para darle obligatoriedad a las llamadas comisiones de la verdad sobre “actores políticos del pasado” que, según la Corte, era lo que se definiría en la votación de consulta en agosto del mismo año.

Es cierto que hubo tensión en ese punto cuando se cocinó la reforma, que era la oposición la que pedía separar fechas para evitar que se vincularan votaciones y campañas a la figura popular del presidente Andrés Manuel López Obrador, pero fue un error, o si se quiere una definición de coyuntura, para un caso particular y no para el largo aliento, algo similar a blindar las grandes obras del sexenio y prohibir para ello cualquier consulta a “obras en ejecución”, dejando la restricción excesiva en contra de ejercicios legítimos que soliciten comunidades, confundiéndolas con Claudio X González o grandes empresarios. Reformas a la medida de coyunturas de ocasión, no de principios.

Entonces quizá la reforma de 2019 ameritaría al menos tres temas para debatir de cara a nuevos ajustes, a reformas a la reforma:

1) Está bien no limitar las consultas populares a cada tres años, pero tampoco es adecuado prohibir que si se solicitan en año electoral sea imposible empatar la fecha con los comicios con urnas adicionales, eso, empatar jornadas, ahorraría muchos recursos, ha sido el argumento para homologar calendarios electorales del país pero de manera increíble se sataniza si se trata de consultas y revocación, sabiendo que le daría muchas posibilidades de ser obligatorio al resultado y bajaría mucho los costos las permanentes tensiones presupuestales entre el INE, congreso y gobiernos.

2) Formatos de votación electrónica en caso de no empatar fechas pueden disminuir los costos de consultas, quizá no debieran usarse de golpe en una revocación por todo lo que ahí está en juego.

3) Es ilógico pedir que acuda el 40% de votantes a una revocación o consulta, que se pida asumir esos ejercicios como una elección nacional, pero se les de una difusión minúscula en radio y televisión y no haya disponible un foro o periodo intenso para debatir en medios masivos por qué votar sí o por qué votar no.

4) Las consultas populares mantienen los mismos candados que estaban en el diseño original de 2014, por ejemplo, impedir consultas sobre algo que tenga alguna relación directa o indirecta con “ingresos del Estado”. Esas restricciones impidieron realizar la consulta relacionada con la reforma energética de Enrique Peña Nieto, pese a que se habían recabado firmas suficientes. Se prometió que la reforma 2019 eliminaría obstáculos, pero al contrario, dejaron esos y les sumaron otros como prohibir las “obras en ejecución” que, paradójicamente, hoy harían imposible una consulta sobre cancelar el aeropuerto de Texcoco. Eso es contradictorio con el discurso de abrir los temas a consultar con tantas restricciones, y si bien debieran mantenerse las legítimas prohibiciones como no consultar derechos humanos, también sería deseable una reforma a la reforma para permitir que una comunidad afectada por megaproyectos pueda solicitar una consulta sin que le digan que como ya empezó la ejecución está prohibido.

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