El conflicto de interés
Ciudadano Político

Provocador de ciudadanos, creador de espacios de encuentro y conocimiento. Exservidor público con ganas de regresar un día más preparado. Abogado y politólogo con aspiraciones de chef. Crítico de los malos gobiernos y buscador de alternativas democráticas. Twitter: @MaxKaiser75

El conflicto de interés
AMLO y su hijo mayor, en medio del escándalo. Foto: Especial

Todas las personas tenemos intereses personales, intereses privados, que son parte de nuestra naturaleza. En su libro Political Order and Political Decay, Francis Fukuyama asegura que este rasgo es el único que se atreve a describir como natural y común del ser humano, en las diferentes culturas y sistemas políticos que ha estudiado. Así, los define como un elemento que debe ser considerado siempre que se crean instituciones públicas, que tienen como fin servir a una nación. El autor asegura que se equivocan quienes diseñan instituciones con base en la creencia de que las personas que escogen el servicio público no tienen intereses privados, o que renuncian a ellos cuando asumen un cargo público. En lugar de eso, recomienda, las instituciones deben ser diseñadas asumiendo que cada persona tiene un cúmulo de intereses privados, que deben declarar y hacer públicos, y que deben poner a un lado, cuando ejercen funciones públicas.

Se deben diseñar instituciones públicas que puedan identificar intereses en conflicto, puedan evitarlos, sepan administrarlos cuando se presentan, y tengan la capacidad de dar alternativas a quienes ejercen un cargo, para no incurrir en una falta provocada por los intereses en conflicto.

¿Cuándo hay intereses en conflicto? Cuando un servidor público, que debe servir con sus decisiones y acciones a la consecución de las metas y objetivos del órgano que encabeza o al que pertenece, con base en sus funciones y facultades, se ve en la situación de poder privilegiar un interés privado, en detrimento del público. Es decir, cuando su decisión tiene un doble potencial: el de privilegiar el interés del público, si cumple su función, o el de beneficiar un interés privado, de manera ilegal, con una decisión opuesta. Cuando eso sucede se genera una situación de riesgo para el Estado, porque lo natural, según Fukuyama, es que una persona privilegie el interés privado.

Los Estados democráticos de derecho han diseñado una serie de medidas para prevenir el conflicto de interés, administrarlo adecuadamente cuando se presenta, y sancionar a quienes decidieron ilegalmente privilegiar el interés privado.

La primera medida es la transparencia. En estos países, cuando una persona asume un cargo, declara todos sus intereses y permite que sean conocidos para que los conflictos sean identificables fácilmente. La segunda medida es la definición clara de los perfiles de puestos de poder, sus funciones, sus límites y sus facultades. La tercera es la presencia de un órgano independiente, capaz de definir la existencia de un conflicto de interés, y de establecer las medidas para que no se actualice. La cuarta medida es que haya una autoridad autónoma, capaz de detectar, investigar y sancionar cuando un interés en conflicto ocasionó una conducta ilegal.

En el caso del hijo del señor López, publicado la semana pasada, se evidenció una clara situación de intereses en conflicto, que quizá derivó en otras conductas ilegales. Según la investigación periodística, un alto ejecutivo de la empresa Baker Hughes puso a disposición del hijo mayor del presidente de México una casa de lujo en Houston, de su propiedad, apenas un mes después de haber firmado un contrato por 85 millones de dólares con Pemex. No suena nada bien, y se debería investigar a fondo.

Lo primero que se tendría que investigar es si se trata de un agradecimiento por la firma del contrato, o si se trata de un favor que pretende generar un trato preferencial en el futuro. En el primer supuesto existe el riesgo latente de que quien otorgó el contrato se haya visto presionado para hacerlo a favor de esa empresa. En el segundo supuesto, el riesgo latente es que quienes administran contratos en Pemex sean presionados para otorgar privilegios indebidos a la empresa contratada, en la ejecución y pago del contrato. En ambos casos se coloca a los funcionarios de la empresa del Estado en un serio conflicto de interés: ¿Cumplo con la ley y mis funciones, o quedo bien con el hijo del presidente, que me está pidiendo un favor, y del cual podría depender mi puesto?

Si, además, de esto hubo intercambio de recursos, tráfico de influencias o se permite el desvío de recursos, al conflicto de interés se le suman actos de corrupción grave. Nada de esto está claro, y por eso se debe investigar exhaustivamente. Son demasiadas causalidades (que no casualidades).

Este caso es la prueba máxima para un presidente que ha pregonado una supuesta superioridad moral y que ha declarado el fin de la corrupción, pero que no ha dado un solo resultado concreto en el combate a la corrupción. De quedar en simple impunidad, tendremos todos claro que se trataba sólo de un discurso político electorero, vacío y falso. Corre tiempo.

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