Racismo, discriminación y separación familiar: la política migratoria mexicana
COLUMNISTA INVITADA

Fundadora y directora del Instituto para las Mujeres en la Migración, AC (IMUMI). Desde 1998 trabaja en temas migratorios en México con organizaciones de la sociedad civil, academia, gobierno y fundaciones internacionales. Autora de diversas publicaciones sobre la participación de las mujeres en la migración en México, Estados Unidos y Centroamérica, desde un enfoque de género. Abogada por parte de la Universidad de Seattle y estudios en Políticas de Migración por la UNAM.

Racismo, discriminación y separación familiar: la política migratoria mexicana
'Las revisiones migratorias dentro del país son discriminatorias e inconstitucionales, impactan a la población mexicana indígena y afrodescendiente'. Foto: facebook.com / INAMI

No es ningún secreto que Estados Unidos necesita de México para tareas de contención migratoria y que esta presión se convierte en compromisos de parte del gobierno mexicano, a través del Instituto Nacional de Migración (INM), para detener, disuadir y crear situaciones caóticas y peligrosas para muchas personas migrantes y solicitantes de protección internacional en el país, quienes no tienen acceso a la documentación migratoria.

Hay pactos explícitos como el acuerdo del 7 de junio de 2019 con el que el Estado mexicano acordó “tomar acciones sin precedente para aumentar el control migratorio para detener la migración irregular, incluyendo el despliegue de la Guardia Nacional, con prioridad en la frontera sur”.

También hay acuerdos, anunciados a través de comunicados de prensa, que la Secretaría de Relaciones Exteriores ha disfrazado de acciones unilaterales, como la aceptación del Protocolo “Quédate en México” y las expulsiones bajo Título 42 de personas de Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua, Haití, Cuba y Venezuela.

Mientras los gobiernos están en negociaciones continuas que responden a coyunturas y tiempos políticos (4 y 6 años, respectivamente), ajustando narrativas y estadísticas, las organizaciones de la sociedad civil que apoyamos a las personas migrantes y solicitantes de asilo tratamos de sortear la información y cambios en las políticas para explicar a las personas las opciones que tienen, un trabajo de constante actualización.

Por ejemplo, una persona podría ser elegible para irse en avión a Estados Unidos con un documento migratorio si entró a México un día, pero si entró al siguiente día tendría que ver la forma de viajar sin documento migratorio a la frontera. 

A largo plazo, los gobiernos tienen planes para el desarrollo (Sembrando Vida y Jóvenes Construyendo el Futuro), más visas y programas de integración, pero por las limitaciones de sus tiempos políticos pocas veces los pueden concretar. La sociedad civil también tiene objetivos de largo plazo para mejorar los marcos jurídicos y el trato a la población migrante conforme a los principios de derechos, derechos que los mismos gobiernos avalan en foros internacionales, pero que no implementan en casa.

En los últimos días (15 de marzo de 2023), la Suprema Corte de Justicia de la Nación avanzó hacia un cambio profundo en la forma de tratar a las personas sin documentación migratoria en México.

Antes, en mayo de 2022, afirmó el derecho al libre tránsito y la inconstitucionalidad de las revisiones migratorias –estas prácticas discriminatorias y racistas con las cuales los agentes del INM se suben a autobuses para “identificar” personas extranjeras con base en perfiles raciales. Esto, mientras la Cámara de Diputados mandó al Senado una iniciativa inconstitucional que avala las revisiones migratorias, respondiendo a presiones del ejecutivo y la embajada de Estados Unidos. Las revisiones migratorias dentro del país son discriminatorias e inconstitucionales, impactan a la población mexicana indígena y afrodescendiente.

Prácticamente al mismo tiempo, el Comisionado del INM estaba anunciando que iba a quitarle a madres y padres a sus hijas e hijos si éstos trataban de cruzar por el Río Bravo, citando el interés superior de la niñez. Al INM se le olvida que no puede separar a las familias, por el contrario, su deber, conforme a la Ley de Migración, es otorgarles documentos migratorios para que puedan circular de forma segura en México.

El 15 de marzo de 2023, la SCJN resolvió que la privación de la libertad de personas migrantes por más de 36 horas es inconstitucional a menos que el Estado pueda comprobar que la persona es una amenaza a la seguridad nacional (que, en cuyo caso, sería mejor un proceso penal). Pero más importante, las personas que huyen de sus países tienen el derecho de solicitar protección en México y en los Estados Unidos, independiente de su situación migratoria o forma de viajar.

La protección de las personas en condiciones de vulnerabilidad en nuestra región no debe ser parte de negociaciones coyunturales o limitada por presiones políticas y compromisos para ganar elecciones.

A los gobiernos se les olvida que las personas y sus familias tienen derecho a buscar protección donde se sientan seguras y los Estados deben garantizar que su camino sea libre de violencias y no les cueste la vida como a los 39 migrantes que murieron en un incendio el pasado 27 de marzo en Ciudad Juárez. A ellos no les mató el incendió sino el Estado mexicano y sus políticas migratorias de contención.  

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