Ser discriminado desde el primer aliento

Activista, luchadora social y promotora de los derechos humanos de las mujeres, niñas, niños, personas con discapacidad, comunidades indígenas y personas LGBTQ+. Presidenta de la Asociación Civil Rosa Mexicano. @catymonreal_

Ser discriminado desde el primer aliento
Foto: Marcus Aurelius/pexels

Sí, todos hemos oído que si contratas un seguro de gastos médicos es “para no usarlo”. Te sientes como un adulto responsable, pensando que estás cuidando tu futuro y, en la mayoría de los casos, el de tus hijos e hijas, pero, imagínense la sensación que te da, cómo se te cae el piso, cuando te enteras de que hay algo chueco en el tema de los seguros: la atención a las personas con discapacidad, ¡que son discriminadas desde el primer aliento!

En la mayoría de los casos se rechazan a las personas con discapacidad, negándoles la posibilidad de adquirir este servicio. En otras se les dan primas tan altas que tienen el mismo propósito: ser impagables y forzar a las personas a no tener seguro. O de plano se te cobra el servicio, pero queda tan acotado que no sirve de nada.

En mi caso en particular, la aseguradora se negaba a darle servicios a mi hijo. En algunos esquemas, cuando contratas un seguro y tienes un hijo o hija, este queda asegurado dentro de tu póliza. Pero esto solo aplica si tu hijo nace sin discapacidad. Lo cual claramente niega el objetivo de contratar este tipo de servicios, así como es un ejemplo claro de discriminación contra las personas con discapacidad.

Para los seguros, la discapacidad es una enfermedad y no una condición de vida. Es el ejemplo de que, desde el primer aliento, la vida es más difícil para las personas con discapacidad. El primero de muchos obstáculos más. Por eso celebré cuando el Senador con licencia Ricardo Monreal, impulsó una reforma a la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y a la Ley sobre el Contrato de Seguro.

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Esta reforma era el primer paso para negarse a recibir una solicitud de seguro por razones de origen étnico, nacional, religión, preferencias sexuales o discapacidad de la persona solicitante, además de diseñar productos adecuados para las personas con discapacidad. Este fue un primer paso en consolidar el pleno acceso al derecho a la salud para los más de 6 millones de personas con discapacidad en nuestro país.

Estamos ahora ante otro proceso importante en consolidar el derecho a la salud para este grupo poblacional: el 09 de agosto la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia hizo uso de su facultad de atracción con el caso 294/2023. Este es un caso donde se niega la cobertura de seguros a una niña por tener Síndrome de Down.

El caso de la niña es parecido al caso de mi hijo. La familia decidió unificar la póliza de seguros de su hija en el seguro familiar. Cuando esto pasó se les dio una lista de exclusiones que el seguro no cubriría para la salud de su hija, ya que considera al Síndrome de Down como una enfermedad. Ante esto, los padres consultaron a una experta en genética que les dijo que el síndrome de Down no debía ser considerado una enfermedad.

Con esta opinión médica los padres decidieron luchar por los derechos de su hija, porque temían que el seguro usará esta excusa para negarle todo tipo de atención a la pequeña.

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El caso se fomenta en que de acuerdo a la familia el seguro está violando tanto la constitución mexicana, al discriminarla por su condición, así como a las recién reformadas Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas y Ley sobre el Contrato de Seguro. Para la familia, la aseguradora actuó mal, y les vendió un producto para que jamás pudiera ser usado por su hija. El proceso legal sigue en análisis, y en caso de fallarse a favor de la niña, se sentaría jurisprudencia en la materia.

Esto sería un gran avance en la consolidación en el marco jurídico en defensa del acceso al derecho a la salud para las personas con discapacidad. Nuestro marco normativo tendría dientes. Las personas con discapacidad son el grupo poblacional que enfrenta más retos en cada ámbito de su vida. Espero que la justicia prevalezca.

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