Prisión preventiva: ¿eliminarla o no?, la discusión que viene; AMLO, en contra

En enero de 2023, la Corte IDH ordenó al Estado reformar su normatividad para eliminar y modificar, respectivamente, dos formas de detención: el arraigo y la prisión preventiva.

Sin embargo, el actual gobierno de Andrés Manuel López Obrador no está de acuerdo con eliminar la prisión preventiva.

El pasado 4 de marzo, el presidente López Obrador arremetió contra los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por “querer quitar” la prisión preventiva oficiosa e hizo cierta referencia a que se trata de una orden de la Corte IDH.

El mandatario aseveró que los ministros de la Corte ahora “resultaron internacionalistas” y los acusó de querer tirar “a la basura” la Constitución mexicana con tal de hacer caso a los convenios internacionales suscritos.

“Ahora quieren quitar la prisión preventiva, de repente resultaron internacionalistas los ministros y dicen ‘es que aunque está en la Constitución nuestra en las resoluciones de la Comisión Interamericana de los Derechos humanos de la OEA dicen que no debe de existir la prisión preventiva’, y como México tiene establecidos convenios internacionales, la Constitución nuestra a la basura. Es una de las cosas que están ahorita resolviendo”, refirió.

En febrero pasado, un total de 23 gobernadores del país, de Morena o sus aliados, hicieron un llamado a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que reconsidere declarar inconstitucional la prisión preventiva oficiosa.

En sus clásicos desplegados, expusieron que, aunque las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son vinculantes, estas deben estar armonizadas y no trasgredir el contenido de la Constitución previo pronunciamiento de la Suprema Corte.

“Es decir, resulta de suma importancia mantener un equilibro entre el respeto a los derechos humanos, el respecto a nuestra soberanía y el ordenamiento jurídico interno”, pugnaron.

En la Corte ya están trazados por lo menos dos caminos (proyectos) para eliminar la prisión preventiva oficiosa:

En el primer caso, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena presentó al pleno de la Corte un proyecto de sentencia en el que propone anular el segundo párrafo del artículo 19 constitucional que ordena la prisión preventiva oficiosa en casi veinte delitos.

Por tratarse de un amparo en revisión, la Corte sólo necesita seis votos para inaplicar dicha porción normativa, resolución que solo beneficiará al quejoso.

Pero para que se vuelva un criterio que deban tomar en cuenta los tribunales del país, se necesitarán reunir ocho votos.

Y en caso de que no se alcancen los ocho votos, los asuntos en los que se impugne la prisión preventiva se seguirán viendo uno por uno.

Este amparo tiene que ver con un caso en el que se acusa a un hombre del delito de violación impropia agravada cometida a una niña de nueve años de edad en el estado de Baja California.

El proyecto no ordena la libertad del imputado, sino que la autoridad responsable debe pronunciarse nuevamente sobre la situación jurídica del quejoso, bajo la consideración de que únicamente se le puede imponer la prisión preventiva justificada.

En su proyecto, Ortiz Mena indica que la figura de la prisión preventiva oficiosa “introduce caos y desorden” al sistema constitucional.

Otra opción para eliminar la prisión preventiva

Hay otra vía para eliminar la prisión preventiva en la Suprema Corte:

Se trata de un proyecto que propone no sólo inaplicar la prisión preventiva oficiosa, sino también negar las órdenes de arraigo y que, en los casos donde se denuncie tortura se ordene una investigación independiente donde no participen las autoridades penitenciarias ni de detención.

En caso de aprobarse la propuesta, ésta tendrá efectos generales, por lo que deben acatarla todos los jueces del país.

Fue el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo quien presentó el proyecto donde se propone la forma en que el Poder Judicial de la Federación (PJF) debe participar en el cumplimiento de la sentencia condenatoria emitida por la Corte Interamericana.

El proyecto indica que “la modalidad oficiosa se caracteriza por eximir al Ministerio Público del deber de generar un acto privativo capaz de resistir escrutinio judicial, pese a que ese acto representa la interferencia más intensa posible contra la libertad personal. Y con confianza podemos decir que se trata de la interferencia más severa porque es la privación de la libertad sin juicio, sin condena, sin análisis de culpabilidad”.

Se espera que esto sea discutido hasta septiembre próximo.

Así es que sí, o sí, la Corte se encamina a esta discusión, donde el voto de cada ministro será más que relevante. El obradorismo cuenta por lo menos con tres votos que podrían votar en contra de eliminarla: Loretta Ortiz, Yasmín Esquivel y Lenia Batres. Si logran un cuarto voto, podrían impedir que se elimine.

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