Revocación silente y neutralidad
Medios Políticos

Es un periodista especializado en el análisis de medios y elecciones. Tiene posgrado en Derecho y TIC, obtuvo el premio alemán de periodismo Walter Reuter en 2007, fue conductor en IMER y durante 12 años asesor electoral en el IFE e INE, editor, articulista y comentarista invitado en diversos diarios, revistas y espacios informativos. Twitter: @lmcarriedo

Revocación silente y neutralidad
Foto: Twitter INE

Entre el 4 de febrero y el 10 de abril es el periodo atípico de la silente campaña de revocación de mandato. Los partidos de oposición no pueden promover en ese tiempo que se vote por cancelar la gestión presidencial y el presidente tampoco puede defenderse para convencer a las y los electores de votar porque la opción “que siga”. Lo lógico sería el contraste de posturas en la etapa previa a la votación, pero el diseño constitucional aprobado en 2019 y el legal de 2021 (ya con mayoría de Morena en el Congreso) no cuajó un modelo propicio para el voto informado.

No hay dispuesta, por ejemplo, una franja de tiempo en radio y televisión para difusión masiva y equitativa que proporcione información suficiente sobre las posturas en juego, a lo más que llegaremos, quizá, es a un foro en redes sociales de bajo perfil solo para cumplir con el requisito de “difundir” la revocación.

Hay un periodo de “campaña” de difusión, pero no es posible que servidores públicos o partidos aludan en él al proceso revocatorio, tampoco el gobierno que se somete a las urnas puede alentar a la participación en favor o en contra y eso aplica también para gobernantes locales. Ninguna alusión a favor o en contra de una de las posturas que se van a votar, ninguna promoción de logros o fallas por parte de servidores públicos o partidos. Silencio.

Para campañas electorales donde compiten partidos, el artículo 41 constitucional pide que gobiernos también sean neutrales, que no difundan ningún mensaje de propaganda institucional salvo lo relacionado con salud, protección civil en emergencias y servicios educativos. La idea era que no se distorsionara la equidad del debate propia de las campañas, pero al votarse la reforma de revocación esa restricción se exportó sin más al artículo 35 constitucional, pidiendo idéntica regla de silencio gubernamental pero no idénticas reglas de campaña informada y masiva.

Por esa regla de silencio y neutralidad, un nuevo pleito entre el Instituto Nacional Electoral (INE) y la Cuarta Transformación se asomó el 16 de febrero, cuando el instituto, a través de su Comisión de Quejas, le dio la razón al Partido Acción Nacional (PAN), que pidió se retirara de las cuentas de redes sociales de la jefa de gobierno y 17 gobernadoras y gobernadores afines a Morena, un texto publicado desde el día 13 del mismo mes que ya es ampliamente conocido, donde las y los gobernantes locales de morenistas expresan apoyo al presidente Andrés Manuel López Obrador en el contexto de la polémica por la lujosa casa de Houston que habitó su hijo.

El grupo de gobernantes locales enlistan en comunicado de respaldo logros presidenciales y aluden entre estos a la propia revocación de mandato en curso, algo que está prohibido acorde a la visión del INE basada en criterios jurisdiccionales y el acuerdo con que trazó previamente lo que se entendería por propaganda gubernamental indebida en tiempo de revocación, que expresamente prohíbe resaltar logros de gobierno desde servicio público en esta etapa (hasta el 10 de abril).

El INE había tenido un respiro en las tensiones por el debate de Houston, y sería deseable que mantuviera la paz antes de engancharse en otro episodio de confrontación. En alguien debe caber la prudencia para que no prenda una nueva mecha. La agenda de discusión pública había alejado el pleito crónico entre árbitro, Morena y gobierno, las aguas parecían mansas y el trabajo técnico de organización camina bien para cumplir con la revocación pese a las pocas casillas que van a instalarse.

La decisión de bajar el mensaje de gobernantes es polémica, pero tiene base constitucional y precedentes de interpretación previos. En todo caso puede impugnarse, pero no desacatarse, porque entonces la falta sería incumplir con la medida cautelar.

Ese episodio fue incluso tardío, el comunicado de gobernadoras y gobernadores y había tenido impacto hasta en la mañanera, pero de todas formas generó reacciones de inconformes sugiriendo censura. Cuando creció el argumento de que había censura de gobernantes, algunas voces sensatas del propio INE, como la consejera Claudia Zavala, explicaron la decisión en términos técnicos, parecía que la mecha no prendería, que no habría Chipotle peleonero o mayor conflicto, pero entonces apareció un tuit de la jefa de gobierno, Claudia Sheinbaum, en el que se lee: “pueden ordenar borrar un tuit, pero no pueden lograr que renuncie a mis convicciones”. El consejero Ciro Murayama no se contuvo, abandonó la prudencia de su colega Zavala para replicarle en tono irónico que el INE ordenó “respetar la Constitución, no renunciar a sus convicciones. Claro, en el entendido de que entre sus convicciones no esté violar la Constitución”.

La neutralidad de servidores públicos y la regla vigente para detener la difusión de propaganda y logros le dan razón técnica al instituto para ordenar medidas cautelares que borren promoción de logros, pero hablando de neutralidad y de lo necesario que es despresurizar las tensiones, lo peor que le puede ocurrir al INE es que con una mano pida neutralidad y seriedad y con otra regrese el espíritu del temporalmente jubilado personaje “Chipotle”, pero ahora en live action y regresemos a las tensiones sin fin. Se puede explicar sin guantes de box, argumentar sin burla y sin ironía, evitar otro ciclo de pleito cuando falta poco para el 10 de abril.

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