Número de casillas, ¿nuevo pleito por revocación de mandato?
Medios Políticos

Es un periodista especializado en el análisis de medios y elecciones. Tiene posgrado en Derecho y TIC, obtuvo el premio alemán de periodismo Walter Reuter en 2007, fue conductor en IMER y durante 12 años asesor electoral en el IFE e INE, editor, articulista y comentarista invitado en diversos diarios, revistas y espacios informativos. Twitter: @lmcarriedo

Número de casillas, ¿nuevo pleito por revocación de mandato?
Una de la preguntas relacionadas a la revocación de mandato es cuántas casillas se colocarán. Foto: INE.

La sentencia del tribunal electoral del 30 de diciembre pasado destrabó solo una parte del conflicto para realizar la revocación de mandato, pero sigue sin ser una solución definitiva para la certeza de cuántas casillas habrá dispuestas en el ejercicio, porque no avala expresamente que se instalen menos respecto a las que ordena la ley. Ese asunto puede implicar otra impugnación, otro pleito, en caso de que el Instituto Nacional Electoral (INE) resuelva instalar menos casillas como ya ha anticipado y, en consecuencia, obligaría a otra sentencia adicional, con los dedos en la puerta, para dar certeza al número ante un procedimiento de votación inédito.

Sobre la obligación a instalar casillas en todo el país, en el artículo 41 de la Ley Federal de Revocación de Mandato se pide que sean cerca de 162 mil los puntos de votación, porque esos fueron en la contienda previa. Se lee: “El instituto deberá habilitar la misma cantidad de las casillas que fueron determinadas para la jornada del proceso electoral anterior, teniendo en cuenta la actualización que corresponda al listado nominal”. Sin embargo, en caso de que la Secretaría de Hacienda no dé los recursos (no lo hará), ya adelanta el presidente del INE, Lorenzo Córdova, que solo abrirían una tercera parte: menos de 60 mil.

El 30 de diciembre fue cuando el tribunal revocó el polémico acuerdo del INE que suspendía “temporalmente” actividades sustantivas del proceso revocatorio. Una mayoría apretada de consejeras y consejeros del instituto (seis votos de 11) había argumentado que se tenía que suspender la revocación, porque asumían “imposible” llevar a cabo el proceso hasta que la Suprema Corte resolviera en su favor una mayor suficiencia presupuestal.

Las y los consejeros aseguraban que su acuerdo para frenar algunas etapas de la revocación no era sinónimo de cancelarla, que era algo más parecido a posponerla, aunque en realidad eso de suspender o posponer “temporalmente” era un eufemismo, sí implicaba cancelar, porque el seguir adelante estaba condicionado a que se dieran los recursos adicionales y todo indica todavía hoy que nunca llegarán.

De cualquier forma, una ventaja legal estratégica del acuerdo es que generó acto de autoridad electoral administrativa, impugnable ante el tribunal constitucional especializado en temas electorales y no ante la Suprema Corte, y eso evitaría esperar hasta que la Corte revisara el asunto general de fondo relacionado más con la facultad del Congreso para reducir una cantidad considerable de lo solicitado por un órgano autónomo sin gran detalle técnico para explicar.

El tribunal electoral no puede resolver si el Congreso tiene o no razón en esos recortes a instituciones autónomas en general, pero sí puede pronunciarse sobre las decisiones y acuerdos del INE, porque todos los actos del instituto son impugnables y al revisar el caso, si alguien lo pide, puede el tribunal para avalarlos, matizarlos o revocarlos lisa y llanamente como instancia definitiva.

La impugnación fue contra el acuerdo de suspensión (no contra el Congreso, eso está en la cancha de la Corte) y la decisión del tribunal llegó, ayudó dando una ruta, pero no solucionó cuántas casillas instalar de forma indubitable.

Palabras más, palabras menos, las y los magistrados dijeron que el INE no tenía facultades para posponer ninguna etapa, ordenaron entonces que siguieran completas las actividades relacionadas con la revocación (eso incluye todas las casillas), dejando sin efecto la “suspensión temporal” controvertida. Consideraron las y los magistrados que no estaba acreditada la insolvencia, que el instituto debía revisar nuevamente sus recursos, rascarle más a las metas de ahorro, medidas de eficiencia y austeridad en el gasto para organizar la revocación de mandato si se colmaban las firmas válidas requeridas (es inminente que así será).

Salomónica, la sentencia dio un respiro, un camino para que finalmente, si después de esa revisión adicional que Córdova calificó como “sacar jugo a las piedras”, el INE no lograba juntar recursos suficientes (sí junto varios millones pero considera que le faltan todavía unos mil 700 adicionales), pues entonces podría ir a pedir el faltante a la Secretaría de Hacienda, a quien la sentencia le ordena y obliga a contestar la petición que ya hizo el instituto. No le ordena entregar los recursos solicitados, solo que haya respuesta y que esa respuesta sea “fundada y motivada”, minuciosa, sobre si sí o si no habrá ampliación de presupuesto.

Córdova, al acatar la sentencia, celebró que existiera una ruta de solución después de que el conflicto ya había escalado al grado de que el presidente de la Cámara de Diputados, el morenista Sergio Gutiérrez, pidió cárcel para quienes votaron el acuerdo de suspender y hasta para secretario ejecutivo que no tiene ni derecho a voto.

El episodio de pedir cárcel escaló las cosas, aunque ya tuvo un rechazo incluso del presidente de la República y una rectificación pública del propio Gutiérrez (falta que la fiscalía deseche el caso).

Ante la sentencia, Córdova ha insistido en que si la ampliación de Hacienda no se les concede, nadie podría acusar al INE de no instalar todas las casillas. Pero en realidad sí pueden, y es muy probable que lo hagan, porque ante la negativa de Hacienda que todavía no es formal, pero ocurrirá (fundada y motivada, eso sí), el instituto tendría que emitir un nuevo acuerdo donde explique que va a instalar menos casillas que las que manda la ley, y ese nuevo acto de autoridad, nuevo acuerdo, será impugnable y volvemos en parte al origen, a esperar qué decide el tribunal sobre las pocas o muchas casillas.

Quizá esa era la ruta inicial más efectiva, en lugar de suspender todas las etapas de la revocación (salvo el tema de verificar e investigar firmas de apoyo), era que el INE aprobara un acuerdo para realizar la revocación con menos casillas, ese acuerdo es el que habría resuelto ya el tribunal para definir si era válido instalar menos o no, pero optaron por suspender todo lo sustantivo y el tribunal por ser salomónico. No hay una definición contundente respecto al tema de las casillas, más allá de alguna interpretación algo forzada o de los discursos.

Este jueves, el gobierno federal adelantó que no otorgará más recursos al INE para organizar el ya inminente estreno de la revocación de mandato, un ejercicio de votación nacional que técnicamente puede interrumpir la gestión del presidente Andrés Manuel López Obrador, pero que se ha subestimado por las partes involucradas, quizá porque esa posibilidad de realmente revocar el mandato no asoma en las encuestas y menos en un escenario de muy limitada difusión y pocas casillas que hace suponer baja participación.

El conflictivo desarrollo de origen, que no termina de dar certeza ni siquiera en cuántas casillas se van a instalar finalmente para concretar la organización de la votación, será parte de ese “precedente” con el que quedará marcado el estreno de la figura. Habrá urnas y ejercicio constitucional de revocación, eso es indudable, pero no está resuelto desde la perspectiva presupuestal, podría faltar ese último pleito sobre cuántas casillas que prenderá la mecha de tensión otra vez.

Síguenos en

Google News
Flipboard