Aciertos en la regulación del tabaco

Abogado del ITAM y maestro en derecho de la salud por la Universidad de Loyola en Chicago. Trabajó en la Suprema Corte donde se especializó en casos sobre salud. Profesor en la Facultad de Medicina de la UNAM. Conferencista y consultor. Orgullosamente Puma. Twitter: @davosmejia

Aciertos en la regulación del tabaco
Amonestación, apercibimiento y sanciones de hasta mil veces el salario mínimo, son algunas de las consecuencias para quienes fumen en lugares 100% libres de humo de tabaco. Foto: Pixabay.

El conjunto de circunstancias en que las personas se desarrollan, incluyendo aquellas que impactan sobre su vida cotidiana, como pueden ser algunos factores socioeconómicos, son conocidas como las determinantes sociales de la salud.  La Organización Mundial de la Salud considera que, entre estas determinantes, se encuentran factores tan amplios como condiciones políticas, institucionales o económicas.

Recientemente, el profesor estadounidense Lawrence Gostin junto a un grupo de académicos han hecho énfasis en que el derecho es una herramienta que subyace a algunos factores sociales o económicos, por lo que puede impactar positivamente tanto en los individuos como en la salud pública. Este grupo de expertos considera al derecho en sentido amplio, es decir, que tanto las normas jurídicas que reflejan políticas públicas como los responsables de crearlas o aplicarlas, dan lugar a sostener que existen cuatro determinantes legales de la salud

De manera muy breve estas podrían sintetizarse de la siguiente manera: i) el derecho permite transformar un plan en acción; ii) el derecho puede fortalecer el funcionamiento institucional; iii) el derecho puede y debe generarse basado en evidencia y iv) debe contarse con un adecuado sistema jurídico para la salud.

En ocasiones, pareciera que en nuestro país nos alejamos de estas determinantes legales de la salud. Sin embargo, esto no siempre es así. Un ejemplo de ello es la publicación del Decreto por el que se reformaron, adicionaron y derogaron algunos artículos del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco (Reglamento), el pasado 16 de diciembre. 

La relevancia del Decreto es bastante positiva, pues con este se armoniza el contenido del reglamento con el de la última reforma a la Ley General para el Control del Tabaco en febrero de 2022. Algunos elementos a destacar son que el reglamento explicita el alcance de la prohibición de exhibir de forma directa e indirecta los productos de tabaco a los consumidores; se sientan las bases para el establecimiento de zonas exclusivas para fumadores; se establecen con claridad los elementos novedosos que deberán cumplirse en materia de etiquetado y que serán supervisados por las autoridades sanitarias, entre otros.

Este reglamento facilitará la construcción de un marco normativo completo alrededor del tabaco, pues aunque todavía pueden generarse otras disposiciones de carácter administrativo, los aspectos medulares han sido contemplados. En ese sentido, podemos considerar que este avance también fortalecerá el trabajo institucional de las distintas autoridades sanitarias en la media en que estas podrán contarán con mayor fundamento jurídico al momento de aplicar las disposiciones de la Ley y su reglamento, así como mejores herramientas en caso de que algunos actores combatan jurisdiccionalmente la imposición de sanciones. 

Adicionalmente, debe destacarse que con la reforma a la Ley y la publicación de este Decreto se da cierta continuidad a una política pública —que comenzó en 2008— centrada en proteger el derecho a la salud de los no fumadores y a desincentivar el consumo de productos del tabaco en nuevos consumidores. Dicha continuidad no es plana, sino que a través de los cambios normativos referidos el derecho ha incorporado nuevos elementos arrojados por la evidencia derivada de su implementación. Lo anterior, es prueba fehaciente de lo señalado por el profesor Gostin en el sentido de que el derecho constituye una herramienta poderosa que al ser empleada adecuadamente puede facilitar a que se mejore el nivel de salud individual y colectiva.

Esperemos que este buen uso del derecho con el que cerramos el año pasado, y que entrará en vigor el próximo 15 de enero, sea el augurio de que en este 2023 el derecho será la guía para articular de manera adecuada las políticas públicas y así fortalecer a nuestras instituciones de salud.

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