Le(ni)a la Constitución
Libertad bajo palabra

Periodista y abogado con más de 35 años de trayectoria. Reportero, comentarista y consultor experto en temas jurídicos. Premio Nacional de Periodismo José Pagés Llergo 2011. Especialista en el Poder Judicial de la Federación y analista político.

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Le(ni)a la Constitución

La señora Lenia Batres Guadarrama llegó al Máximo Tribunal por designación directa del Ejecutivo, lo que no constituye ninguna irregularidad, pero sí le resta legitimidad para quienes irónicamente son exacerbados defensores de la justicia populachera, esa interpretación absurda que se proclama desde Palacio Nacional para posicionar una idea errónea sobre la impartición de justicia. 

Aunque es temprano para emitir un juicio sobre el trabajo de la togada, es evidente que sus virtudes profesionales son extremadamente endebles para esa responsabilidad. Sin temor a la equivocación y basados en hechos comprobados sobre su trayectoria, es innegable que la ministra de Andrés Manuel López Obrador carece de herramientas para hacer un trabajo serio. Su llegada tiene propósitos claros: corroer los cimientos de esa institución, desgastar internamente con la agenda política del régimen, descalificar la función jurisdiccional, golpear, distraer la atención de su ignorancia jurídica con obviedades exhaustivamente analizadas, rebajar el debate y entregar todos sus votos a los intereses de quien la ungió y sus cómplices. 

Es oportuno darles contexto a sus intenciones, para hacerlo hay que citar sus palabras durante su primera sesión: 

  1. “Esta Suprema Corte se ha extralimitado, el carácter inimpugnable de sus decisiones la ha llevado a confundir jerarquía de la Constitución con jerarquía de la instancia”.
  1. “La Suprema Corte ha asumido una función de legislador positivo, pues define normas que prevalecerán posteriormente a una declaración de inconstitucionalidad, invadiendo la esfera del Poder Legislativo”.
  1. “No tenemos una Suprema Corte subordinada a la Constitución, sino una Constitución subordinada a la Suprema Corte”.    

Autodefinida como “la ministra del pueblo”, Batres llegó a la Corte por la vía de un dedazo que es la antítesis de la legitimidad que le habría dado un acuerdo entre los senadores (representantes populares electos por los ciudadanos) que rechazaron su perfil en dos oportunidades. 

Aunque es un tema resuelto con claridad, no perdió la oportunidad de señalar que los ministros perciben un salario mayor al del Presidente de la República, quien con partidas discrecionales y diversos gastos que integran su sueldo supera por mucho el límite fijado formalmente. 

La recién llegada ejerce un discurso de arrabal, se aparta de la técnica jurídica que desconoce, carece de experiencia en el conocimiento práctico de la impartición de justicia, hace prevalecer la declaración política por encima de criterios que ignora, olvida la naturaleza de su responsabilidad para enquistar la agenda demagógica, además llevará información privilegiada a quien considera su verdadero superior jerárquico. 

Aunque es claro que no lo hará, la señora Batres podría honrar la protesta que hizo tras su designación, leyendo con detenimiento y solicitando asesoría profesional para comprender los alcances del artículo 105 constitucional y los relativos al funcionamiento del Poder Judicial de la Federación que está obligada a cumplir sin matices. En ese precepto se otorga a la Suprema Corte la jerarquía de Tribunal Constitucional, facultado para anular leyes y resolver controversias entre poderes y diferentes niveles de gobierno. Esto evidencia su intención al acusar sin razón que la Corte se ha extralimitado en sus decisiones y que ha invadido las atribuciones del Poder Legislativo. 

Artículo 105: “La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá en los términos que señale la ley reglamentaria, de los asuntos siguientes: De las controversias constitucionales que, sobre la constitucionalidad de las normas generales actos u omisiones se susciten”. 

Para decirlo de la forma más sencilla posible, en virtud de este mandato la Corte tiene la atribución de invalidar resoluciones con efectos generales y anular leyes que contradigan a la propia Constitución con votación calificada de 8 de sus 11 integrantes. 

Esa es una función esencial del Poder Judicial en un Estado democrático en el que hay equilibrios que permiten controlar los excesos del Legislativo y el Ejecutivo, facultad legítima de un Tribunal Constitucional que pretende ser aniquilado por un régimen intolerante al disenso. El modus operandi de la autodenominada transformación se basará en los meses de campaña política en repetir con insistencia enfermiza que para satisfacer al “pueblo” será indispensable un Congreso de carro completo posibilitado para aprobar una reforma que aniquile a una Corte que ha defendido su independencia hasta donde los votos de sus integrantes más coherentes alcancen. Y esa es otra coyuntura que dependerá del resultado en las urnas, porque Luis María Aguilar concluirá su periodo de 15 años el 30 de noviembre y será la futura presidenta (Xóchitl o Claudia) a quien le toque decidir la integración de la terna para ocupar esa vacante. 

Los tiempos de resistencia para el Poder Judicial ante el obradorato y sus posibles secuelas dependen de los resultados electorales en 2024, es el caso también de la composición de la nueva legislatura para establecer si habrá mayorías calificadas que impongan reformas constitucionales. 

Entiendo que es demasiado pedir que la nueva ministra comprenda que la función jurisdiccional también crea derecho a través de sus decisiones. Los jueces constitucionales producen un cuerpo individualizado de criterios que hacen efectiva a la norma en cada caso concreto.

La primera intervención de Lenia Batres me hizo recordar diversos pasajes de un emblemático libro escrito por el jurista español Ángel Ossorio, llamado “El alma de la toga” que en uno de sus párrafos dice: “La toga, pues, no es por sí sola ninguna calidad, y cuando no hay calidades verdaderas debajo de ella, se reduce a un disfraz irrisorio”. 

Señora ministra, si usted se percibe como una persona congruente ¿por qué aceptó un cargo sin entender su naturaleza? ¿por qué protestó sin estar calificada para asumir esa responsabilidad? ¿por qué buscó un sitial que considera despreciable?

Lo suyo es el activismo, la defensa ideológica, la confrontación, el desdén por las instituciones, la descalificación ligera, el mitin y la genuflexión ante el presidente. Su misión es clara, vulnerar a la Corte desde sus entrañas.   

Usted será recordada como una detractora de la impartición de justicia autónoma e independiente que en Pino Suárez 2 usó disfraz negro para burlarse de la práctica honesta del derecho.        

EDICTOS

En lo anecdótico, allá en los pasillos del tercer piso del edificio sede de la Corte doña Lenia convocó a los colaboradores que heredó de Arturo Zaldívar, se quejó amargamente de las cargas de trabajo y les avisó que tendrían que admitir inmediatamente una reducción en sus salarios y renunciar a sus prestaciones. Eso causó un clima de zozobra principalmente entre los secretarios de estudio y cuenta que tocaron las puertas de otras ponencias para intentar ser rescatados. La primera que se bajó del barco fue Alejandra Spitalier que ocupó con petulancia y sin gloria la Secretaría General de la Presidencia hasta hace 13 meses. A la posición que dejó vacante como coordinadora de esa ponencia llegó Netzaí Sandoval Ballesteros, despedido del Instituto Federal de Defensoría Pública hace un año por la ministra Norma Piña. Netzaí que se promovió sin éxito durante todo el 2023 para alcanzar hueso fue rescatado por Batres y acto seguido, comenzó a presumir con soberbia que él será el verdadero ministro detrás de esa toga 4T. Dice el clásico “en el país de los ciegos, el tuerto es rey”. 

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