Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias y la Educación Jurídica
Perístasis

Jefe de la División de Educación Continua de la Facultad de Derecho de la UNAM, socio de la firma Zeind & Zeind y miembro del Sistema Nacional de Investigadores.

X: @antoniozeind

Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias y la Educación Jurídica
El derecho es una creación del hombre y su civilización, ese conjunto de reglas que nos hemos dado para vivir en armonía y sancionar ejemplarmente a quienes las infringen en un marco de referencia coronado por la Constitución. Foto: Pavel Danilyuk/Pexels

En ejercicio de dicha facultad y luego de una discusión que tomó varios años, fue publicada el pasado 26 de enero la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (LGMASC). De igual manera, lo anterior fue realizado en aras de cumplir con lo señalado por el artículo 17 de la propia Constitución, pues es desde ahí que se considera que siempre que no se afecte la igualdad entre las partes, el debido proceso u otros derechos en los juicios o procedimientos seguidos en forma de juicio, las autoridades deben privilegiar la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales para lo cual las leyes deben prever los mecanismos alternativos de solución de controversias que se abordan en la recién expedida norma.

Es por demás relevante que por fin se den pasos hacia una solución de las controversias por la que se aspire a que las partes que decidieron prevenirlas o resolverlas a través de mecanismos como la negociación, la negociación colaborativa, la mediación, la conciliación, el arbitraje, puedan eventualmente seguir teniendo una relación e incluso seguir haciendo negocios, pues gracias a figuras como las anteriores el desgaste al que generalmente se someten las personas que dirimen una controversia de manera contenciosa (en un tribunal siguiendo reglas procedimentales y normalmente siendo una parte la vencedora y la otra la vencida), puede reducirse de manera sustancial.

Además de lo anterior, la utilización de estos mecanismos tiene como efecto inmediato el alivio que podrán tener los tribunales que, como se ha señalado con creciente énfasis, se encuentran cada vez más saturados generando con ello que la impartición de justicia sea de menor calidad y el acceso a la justicia sea más complicado y oneroso para las personas.

Por otra parte, aunque en la LGMASC se prevé que dichos mecanismos sean aplicables por conducto de personas facilitadoras en el ámbito público o privado, así como por personas abogadas colaborativas certificadas para ello por los poderes judiciales federal o de las entidades federativas, así como en los tribunales de justicia administrativa federal y locales, en ningún momento del debate se abordó el papel que las instituciones formadoras de abogadas y abogados jugarán en la generación de una cultura jurídica que privilegie la solución no contenciosa de las controversias y conflictos.

Y es que diseñar una nueva norma que disponga cambios tan profundos como lo hace la LGMASC, hace indispensable que sean las instituciones dedicadas a la educación jurídica las que cumplan con un papel protagónico a través de acciones como una capacitación docente en la que se ponga al centro esta nueva cultura, el diseño de planes y programas de estudio enfocados en explotar y promover las bondades de los MASC, la exploración de nuevos modelos de negocio para las firmas especializadas en la resolución de controversias, entre otras.

A pesar de que en el universo de las más de mil 700 instituciones de educación superior que hoy imparten la carrera de derecho en México la Facultad de Derecho de la Universidad de la Nación se hizo pionera en los recientes años con la inclusión de los MASC en su trabajo cotidiano, lo cierto es que en muchas de las otras escuelas de derecho esto no sucede.

Es necesario que buscando contribuir a una nueva cultura jurídica que mejore el acceso a la justicia, todas las escuelas pongan al día sus contenidos, capaciten a su personal docente e inviertan en la que sin duda será un área cada vez más accesible, recurrida y eficiente.

Será uno de los grandes retos de la educación jurídica.

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