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Crédito: Alfonsina Ávila.

Para esta investigación se realizaron 115 solicitudes de información a dos instancias del gobierno federal y a varias dependencias de las 32 entidades federativas en noviembre de 2021. Desde 2019, el equipo hizo un primer acercamiento con base en el directorio de las Unidades Estatales de Protección (UEP) hecho público por el Mecanismo de Protección Federal, si bien hubo varios gobiernos estatales que no brindaron la información solicitada, fue posible tener un primer panorama.

El derecho a la información es un derecho constitucional en México. Sin embargo, los gobiernos de Baja California Sur, Campeche, Hidalgo, Nayarit, Nuevo León, Tabasco y Zacatecas fueron omisos al entregar la información y  se declararon incompetentes para brindar los datos solicitados.

De acuerdo con el Censo Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales Estatal 2020, elaborado por el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi), de las 104 mil 505 solicitudes de información a nivel nacional recibidas durante 2019, en 77.8 por ciento se interpusieron recursos de revisión, es decir, que las personas estuvieron inconformes con las respuestas.

Algunas de las entidades que no respondieron a las solicitudes de información realizadas en 2019, casualmente, son de las que más rechazaron los recursos de revisión, como Campeche con un porcentaje de rechazo de 76.3 por ciento, Zacatecas, con 36.6 por ciento y Nuevo León, con 27.4.

En el caso de Baja California Sur, según la Evaluación Nacional de los Organismos Garantes del Derecho a la Información (ENOGDAI) 2019, que elaboró la organización Artículo 19, el organismo garante desechó 99.2 por ciento de los recursos de revisión que le fueron presentados.

Para 2021, retomamos el ejercicio de conocer cómo era el recurso elegido en las comisiones y para eso hicimos otra vez solicitudes de información similares a las 32 entidades federativas, con una mayor certeza sobre la existencia de unidades, comisiones, fiscalías o mecanismos. 

Sin embargo,  encontramos más obstáculos para recibir la información por parte de las dependencias locales. Baja California Sur, Campeche, Hidalgo, Nayarit, Nuevo León y Tabasco no entregaron la información porque declararon que no eran competentes para ello. Mientras que la Secretaría de Gobierno de Yucatán manifestó que la información era inexistente.

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El entonces presidente Enrique Peña Nieto con las gobernadoras y los gobernadores de las 32 entidades federativas, en el marco de la presentación de las acciones para la libertad de expresión y para la protección de periodistas y defensores. Crédito: Presidencia de la República.

El gobierno federal la Secretaría de Gobernación declaró que “no se ubicó expresión documental” de los convenios con la Conferencia Nacional de Gobernadores (CONAGO) del 2 de junio de 2017. Lo anterior, a pesar de que en el Protocolo de coordinación nacional para la protección de personas defensoras de derechos humanos y periodistas, aprobado en agosto de 2017 por el Mecanismo de Protección Federal como por la Conago menciona lo siguiente sobre esos documentos: 

“En la reunión del 22 de mayo de 2017 celebrada entre el Subsecretario de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobernación y los Secretarios de Gobierno de las 32 entidades federativas se refrendó el compromiso de creación de las Unidades Estatales de Protección al igual que lo hicieran los Gobernadores y el Secretario de Gobernación el 02 de junio de 2017 mediante la firma de convenios de colaboración en el C5 de la Ciudad de México”.

El Censo Nacional de Transparencia de 2019 ya daba cuenta de que la declaratoria de incompetencia es muy usual en los sujetos obligados, es decir, en las dependencias y demás instituciones que tienen obligación de transparentar la información; en el 25.9 por ciento de las resoluciones de los Comités de transparencia se determinó esa medida y en 5 por ciento de las resoluciones se declaró inexistente.

Estados no entregan información

Un caso que merece mención especial es San Luis Potosí. En 2019, la subsecretaría de Derechos Humanos de la Secretaría General de Gobierno confirmó que en este estado existía la Unidad Estatal de Protección a Periodistas y Personas Defensoras de Derechos Humanos, manifestando que no contaba con presupuesto concreto, pero sí había atendido 43 casos e, incluso, señalaba algunas medidas de protección brindadas. 

Dos años después, la Secretaría de Gobierno envió la solicitud a la dirección del Registro Civil para que respondiera el tema presupuestal y allí se consideró que la información relacionada  a San Luis Potosí era confidencial “con protección especial y su divulgación se condiciona al consentimiento expreso de su titular por cualquiera de las modalidades definidas sistemáticamente”. Lo cual contraviene a la propia Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí, que en el artículo 84 apunta que son obligaciones de transparencia por “la distribución del presupuesto” y “gastos de operación”.

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Captura de pantalla de la respuesta de la Secretaría de Gobernación de San Luis Potosí. 

En el caso de Chihuahua, vía transparencia se preguntó a la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) sobre la existencia de alguna unidad encargada de la protección de periodistas y su respuesta fue negativa al afirmar que “no se cuenta con una unidad de protección a periodistas”. Sin embargo, como confirmó esta investigación, desde septiembre de 2010 existe el Sistema Integral de seguridad para periodistas del estado de Chihuahua que depende de la CEDH.

En tanto que los estados de Hidalgo y Tamaulipas enviaron la información 85 días después de la solicitud y lo hicieron después de recibir recursos de revisión presentados por el equipo de investigación. 

Ambos gobiernos excedieron los plazos de entrega que marca la ley; en el caso de Hidalgo el plazo máximo indicado fue el 20 de diciembre de 2021, pero la información se entregó 43 días después. Para Tamaulipas el plazo más amplio venció el 5 de enero de 2021 y la información llegó 27 días después.

De acuerdo con la ENOGDAI 2019, la causal más común de inconformidad con la respuesta a las solicitudes de información es la falta de respuesta en los plazos establecidos por la ley: el 55.1 por ciento  de las solicitudes de los recursos de revisión fueron por esta causa.

Si bien cinco estados se declararon incompetentes para responder sobre la existencia de alguna instancia de protección a periodistas en su organigrama, un caso especial es el de Nuevo León, donde la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información citó el 18 de febrero de 2022 a una conciliación con la Secretaría General de Gobierno. 

La Ley de transparencia y acceso a la información pública del estado de Nuevo León indica que después de que el sujeto obligado rinde su informe sobre el acto impugnado y se da oportunidad a que la parte recurrente brinde pruebas, se “deberá citar a las partes a una audiencia de conciliación”, con miras a llegar a un acuerdo.

En la conciliación el titular de la Unidad de Transparencia, Ramiro González, no respondió si había enviado a las distintas áreas de la dependencia la solicitud de información para que fuera analizada y se limitó a afirmar que la Segob estatal no tenía facultades para “crear” alguna instancia de protección para periodistas.

Después de meses, el recurso de revisión no tuvo una solución favorable por parte de la Comisión de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León (COTAI), como ocurre con el 60.9 por ciento de los recursos de revisión interpuestos, tomando en cuenta los datos por entidad de la ENOGDAI 2019.

En el caso de los estados que sí brindaron información tampoco podemos afirmar que la información fue legible, completa y clara. Es el caso de Guanajuato que entregó el “Atlas de riesgos para periodistas” testado en su mayoría, es decir, con el texto tachado. Lo anterior, llama la atención porque el propio consultor que elaboró el documento, Juan Carlos Botero Ospina, dijo a este colectivo que debió darse a conocer a los actores involucrados como periodistas como ocurre en otros estados como  Guerrero y Veracruz, donde estudios similares son de fácil acceso.

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El entonces gobernador de Nuevo León, Jaime Rodríguez, durante la presentación de las Acciones para la libertad de expresión. Crédito: Gobierno de Nuevo León.

Por su parte, la Secretaría General de Gobierno de Yucatán respondió que no encontró información respecto a las “Acciones para la libertad de expresión y para la protección de periodistas y defensores de derechos humanos”, a las que se comprometieron los 32 titulares del Ejecutivo estatal con el entonces presidente, Enrique Peña Nieto, en mayo de 2017.  Sobre este punto la oficina del despacho del gobernador respondió:

“Es importante precisar que actualmente no existe una fundamentación que regule la CONAGO. El origen de su creación deriva de las constantes reuniones por parte de los titulares de los Ejecutivos Estatales, quienes acordaron crear un espacio institucional con el fin de cumplir políticas públicas en beneficio de la sociedad. Lo acordado por la CONAGO únicamente tiene carácter propositivo, por lo que no serán vinculativos”.

Es decir, confirma que las llamadas acciones para la libertad de expresión de Peña Nieto nunca fueron vinculantes.

Opacidad es la constante

Este proyecto contó con la participación de Zorayda Gallegos, periodista especialista en transparencia, quien asesoró y acompañó el proceso de solicitudes de información y de interposición de recursos de revisión. Desde su punto de vista, no hay una disposición de las autoridades a otorgar información, “lo que siempre hacen desde un inicio es negar la información y complicar el acceso a esos datos”, dijo.

Algunas de las trabas que encontró al acompañar esta investigación fueron las declaratorias de inexistencia, la declaratoria de incompetencia y delegar a otra dependencia la respuesta a la solicitud, también las omisiones por parte de los órganos garantes al momento de interponer los recursos de revisión, al imponer plazos de contestación o requisitos como admitir o no el uso de datos personales para desechar los recursos.

Por su parte, Ricardo Balderas, periodista en la organización civil  PODERlatam, dijo que la falta de transparencia es un fenómeno que se replica en el gobierno federal y las entidades federativas, muchas veces argumentando que afectan la seguridad nacional.  “Es una opacidad total y vamos a ser muy claros con el tema: la transparencia sirve exclusivamente para la rendición de cuentas, en tanto no tengamos un mecanismo de liberación de datos, protegiendo la información sensible, no podemos entrar al tema de la rendición de cuentas […] en un tema social grande, delicado, como es el asesinato de periodistas y personas defensoras de derechos humanos”, comentó.

La periodista explicó que sin rendición de cuentas no es posible medir si las políticas públicas están funcionando o no, si se está invirtiendo dinero de manera eficiente porque para transparentar las instancias locales de protección, primero se debe empezar con el  Mecanismo de Protección Federal y con la empresa que implementa las medidas de protección. 

Sin embargo, el principal obstáculo es que los contratos con RCU Sistemas son clasificados como confidenciales y el propio gobierno federal reconoció, a través de un boletín de prensa, que se entregó un contrato a dicha empresa vía adjudicación directa por “riesgo la seguridad nacional o la seguridad pública”.

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El expresidente Enrique Peña, durante la promulgación de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Crédito: Presidencia de la República.

Respecto a la clasificación de la información solicitada, la ENOGDAI 2019 indica que “la clasificación de información y la declaración de incompetencia se ubicaron como la sexta y séptima causal más común para la interposición de recursos de revisión durante el año de estudio. Estos casos son particularmente relevantes dado que, si bien estas figuras existen en la legislación y tienen una función, también puede hacerse un uso indebido de ellas para obstaculizar el acceso a la información”.

Para Zorayda Gallegos el primer paso para garantizar el acceso a la información sería una decisión presidencial, es decir, que para el presidente Andrés Manuel López Obrador la transparencia sea una prioridad y se mande un mensaje claro al resto de la estructura, como son secretarios de estado y gobernadores. También tocaría a la ciudadanía votar por aquellas candidatas o candidatos que demuestren un compromiso con la rendición de cuentas.

Para que se cumpla con lo establecido en el artículo 6 de la Constitución Política de México respecto que toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial sea pública, hace falta no sólo voluntad política, sino que los órganos garantes no estén cooptados por los poderes Ejecutivos y, como dice la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), apliquen el Principio de buena fe, es decir, “que realicen las acciones necesarias con el fin de que sus actuaciones aseguren la satisfacción del interés general y no defrauden la confianza de los individuos en la gestión estatal”.


El Colectivo Desde Provincia está conformado por Mely Arellano, Alfonsina Ávila, Patricia Mayorga, Camelia Muñoz, Samantha Páez, Raúl Fernando Pérez, Elizabeth Rivera, Karen Rojas, Sandra Segura y Bryam Torres.

La presente publicación ha sido elaborada con el apoyo financiero de la Unión Europea. Su contenido es responsabilidad exclusiva del Colectivo Desde Provincia y no necesariamente refleja los puntos de vista de la Unión Europea. 

La investigación ha sido publicada originalmente en LADO B: https://www.ladobe.com.mx/comisiones-de-papel/.

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