La-Lista de porqué tener un reglamento de convivencia en tu condominio
Imagen: Fernando Zhiminaicela / Pixabay.

A raíz de las medidas de confinamiento y distancia social para frenar el avance de la pandemeia del Covid-1, milllones de mexicanos se vieron obligados a hacer de su vivienda su centro de estudio o de trabajo, y para quienes viven en condominios, exigió establecer medidas no sólo de sana convivencia, sino también de protección sanitaria y personal.

De acuerdo con datos previos a la Jornada Nacional de Sana Distancia, la Procuraduría Social (Prosoc) estimaba que para 2018 alrededor de 4.5 millones de personas, la mitad de la población de la CDMX en ese entonces, viviría en condominios, lugares en los que no se había logrado crear una cultura condominal.

Tras el llamado a quedarse en casa, las las casas y departamentos se han convertido en el lugar donde pasamos la mayor parte del tiempo y por ello que tener un reglamento de convivencia es fundamental para evitar conflictos.

Lee también: La-Lista de ventajas y desventajas de las preventas de vivienda

Y los reglamentos se convirtieron en la mejor herramienta para definir una convivencia sana entre vecinos: “La convivencia entre condóminos es fundamental para disfrutar plenamente de la propiedad en la que habitas”, señala Leonardo González, analista Real Estate de Propiedades.com, quien explica que los beneficios de establecer reglas básicas normaliza el comportamiento adecuado.

Y entre los puntos que estas reglas deben abordar se encuentran:

  • Garantizar un mantenimiento adecuado y periódico de las áreas comunes
  • Regular acciones y conductas
  • Transparentar la asignación de cuotas, pagos y uso de los recursos recaudados
  • Fortalecer la coordinación en la solución de problemas, como suministros públicos
  • Establecer horarios de uso del condominio, como ruidos, mascotas, visitas, etc.
  • Uso y aprovechamiento de las áreas comunes y amenidades

El analista menciona que la Ley de Propiedad de Condominio aporta un marco de regulación para la vida residencial, pero el el diseño de un reglamento exclusivo para cada caso puede potenciar la calidad de vida y mejorar la convivencia vecinal.

“Aunque esta ley tiene una estructura federal, establece los criterios generales para regular la vida residencial. Un reglamento interno permite un mejor cumplimiento de la legislación atendiendo específicamente a cada tipo de condominio”, añade.

En ese sentido, establecer un reglamento interno en el que quedan claro los derechos, obligaciones y limitaciones de los condóminos en las áreas y bienes comunes y los propios facilitarán una sana convivencia y evitarían convivencias innecesarias.

Lee ahora: La-Lista de recomendaciones para ahorrar y comprar tu casa

Para mejorar la creación y aplicación de estos reglamentos condominales, la Procuraduría Social de la CDMX (Prosoc) señala que de acuerdo con la Ley de Propiedad de Condominio e Inmuebles de la CDMX estas son los puntos que deben considerarse:

  1. Los derechos, obligaciones y limitaciones a que quedan sujetos los condóminos en el ejercicio del derecho de usar las áreas y bienes comunes y los propios.
  2. El tipo de administración conforme a lo establecido en el Artículo 37° de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.
  3. Las políticas para la administración, mantenimiento y operación del condominio.
  4. Las aportaciones para la constitución de los fondos de administración y mantenimiento y de reserva.
  5. El monto y la periodicidad del cobro de las cuotas de administración y mantenimiento, fondo de reserva, así como de las cuotas extraordinarias.
  6. El procedimiento para el cobro de las cuotas de administración y mantenimiento, fondo de reserva, así como de las cuotas extraordinarias.
  7. Las disposiciones para propiciar la integración, organización y desarrollo de la comunidad.
  8. El tipo de Asambleas que se realizarán de acuerdo a lo establecido en el Artículo 31° de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.
  9. Los criterios generales a los que se sujetará el Administrador para la contratación a terceros de locales, espacios o instalaciones de propiedad común que sean objeto de arrendamiento o comodato.
  10. Otras obligaciones y requisitos para el Administrador y los miembros del Comité de Vigilancia, además de lo establecido por la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.
  11. Causas para la remoción o rescisión del contrato de servicios del Administrador y de los miembros del Comité de Vigilancia.
  12. El establecimiento de medidas provisionales en los casos de ausencia temporal del Administrador.
  13. Las bases para la modificación del Reglamento Interno del Condominio conforme a lo establecido en la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio.
  14. La determinación de criterios para el uso de las áreas comunes, especialmente para aquéllas que deban destinarse exclusivamente a personas con discapacidad, ya sean condóminos o familiares que habiten con ellos.
  15. Determinar, en su caso, las medidas y limitaciones para poseer animales en las unidades de propiedad exclusiva o áreas comunes.
  16. La determinación de criterios para asuntos que requieran una mayoría especial en caso de votación y no previstos en la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.
  17. Las bases para la integración del Programa Interno de Protección Civil. Así como, en su caso, la conformación de Comités de Protección Civil y de Seguridad Pública.
  18. Las materias que le reservan la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio y la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.
  19. El Reglamento Interno del Condominio forma parte del apéndice de la Escritura Constitutiva del Régimen de Propiedad en Condominio, conforme a lo establecido en el último párrafo del Artículo 10 de la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal.

El Artículo 52 de la Ley de Propiedad de Condominio e Inmuebles indica que la elaboración de un reglamento interno debe llevarse a cabo por quienes brinden la Escritura Constitutiva del condominio y cuando se cuenta con este documento, los condóminos deberán asignar a las partes que fungirán como administrador(es) y Comité de Vigilancia, quienes se encargarán de hacer cumplir la normatividad y modificar el reglamento, siempre y cuando dichos ajustes no contravengan a la Ley.

Estos son algunos puntos clave que el reglamento interno de tu condominio podría incluir:

  • Uso de los bienes y áreas propias y comunes, así como los derechos, obligaciones y límites de los condóminos
  • Cuotas de mantenimiento, administración, reservas y extraordinarias, especificando el cobro, monto y periodicidad de pago; así como la opción y criterios para la contratación de terceros que lleven a cabo estas tareas
  • Requisitos, obligaciones y facultades de la Administración y Comité de Vigilancia
  • Medidas de mantenimiento, operación y administración del condominio, así como la organización e integración de los residentes
  • Criterios y procedimientos para convocatoria y desarrollo de las asambleas condominales
  • Restricciones y medidas para la convivencia de los residentes, como horarios, obligaciones, solución de controversias, sanciones y posesión de mascotas

Respecto al establecimiento de las cuotas de mantenimiento, González recomienda asignar del 3 al 5% del gasto de vivienda. Asimismo, designar la cantidad mensual que debe aportar cada residente con base en avalúos y la suma de los gastos generales del condominio.

Una vez establecido el reglamento interno, es necesario acudir a la Prosoc para registrarlo. Aquí se encargarán de verificar que todos los puntos sean acordes con lo estipulado en la Ley de Propiedad de Condominio. Cuando Prosoc haya aprobado el reglamento interno de tu condominio, tendrás el respaldo y legalidad de esta institución para ejercerlo en beneficio de todos los residentes.

Síguenos en

Google News
Flipboard