El Centro de Investigación y Docencia Económicas
Perístasis

Jefe de la División de Educación Continua de la Facultad de Derecho de la UNAM, socio de la firma Zeind & Zeind y miembro del Sistema Nacional de Investigadores.

X: @antoniozeind

El Centro de Investigación y Docencia Económicas
Centro de Investigación y Docencia Académicas Foto: Creative Commons

Dentro del subsistema universitario contemplado por la Ley General de Educación Superior como parte del Sistema Nacional de Educación Superior se encuentran los Centros Públicos de Investigación, los cuales se tratan de “entidades paraestatales de la Administración Pública Federal o de alguna entidad federativa, que de acuerdo con su instrumento de creación tienen como objeto predominante realizar actividades de investigación científica, tecnológica y humanística, cuentan con programas de formación en el tipo superior y realizan actividades de vinculación con los sectores social y productivo, extensión y difusión académica”. 

Es esta categoría a la que pertenece el Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), el cual fue creado en 1974 y se encuentra especializado en las ciencias sociales. Se trata de un Centro Público de Investigación que ha destacado, dentro de otras cosas, por su riguroso trabajo de investigación, abordando algunos de los grandes temas que se han presentado en México en los últimos años y que van desde el federalismo o la descentralización, hasta líneas de investigación como la competencia económica o la gestión pública.

Cabe señalar que los Centros Públicos de Investigación como es el CIDE se rigen por la Ley de Ciencia y Tecnología y por sus instrumentos de creación (en este caso el Estatuto General del Centro de Investigación y Docencia Económicas). Por lo que hace a la Ley de Ciencia y Tecnología, su artículo 48 señala que estos centros gozarán de autonomía de decisión técnica, operativa, administrativa y de gestión presupuestaria. Por su parte, el Estatuto General del CIDE establece en su artículo 1º que esta asociación civil es una entidad paraestatal asimilada al régimen de las empresas de participación estatal mayoritaria.

En días recientes, el CIDE se encuentra en el centro de una gran polémica por algunas decisiones que se han tomado respecto de su gobierno interior. 

El Estatuto General del CIDE establece por lo menos la existencia de 11 órganos de dirección a su interior, siendo particularmente importantes para la problemática planteada tanto el Consejo Directivo como la Dirección General. 

Respecto al Consejo Directivo, es de destacar que se trata del órgano de gobierno y se encuentra integrado por representantes de diferentes instituciones que, además, cuentan con distintas naturalezas jurídicas, lo que hace que esta entidad paraestatal encuentre un primer punto extraordinario (y por lo que se ha visto en estos días complejo para llegar a consensos) en su organización interna. 

En relación con la Dirección General, el artículo 30 de la norma que se comenta establece un procedimiento intrincado en que, entre otras cosas, se privilegia tanto una auscultación interna como externa, además de diversas etapas conclusivas que comienzan con la “designación” y “nombramiento” por parte de la persona titular del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, para posteriormente dar paso a la “formalización” por parte del Consejo Directivo.

Es frente a problemas como el que vive actualmente el CIDE que cabe reflexionar sobre la regulación, compleja, que diversas instituciones del Estado mexicano tienen y que pueden llevar a una parálisis sus propios procesos internos. Sin embargo, lo que puede quedar claro de este complicado procedimiento es que la norma desde su diseño muestra la intención clara de la existencia de un proceso deliberativo intenso de la comunidad para nombrar a la autoridad ejecutiva unipersonal de instituciones como el CIDE, lo cual lleva invariablemente a conminar a todas las autoridades que participan del mismo a que en todo momento se busque que ello suceda.

Por último, es importante enfatizar que sucesos como el que está presentándose en el CIDE no son una buena noticia para nadie, pues en el caso particular se trata de una institución de prestigio que ha contribuido con calidad a la prestación de un servicio público esencial para el cumplimiento de las finalidades del Estado mexicano, fungiendo además como una garantía institucional para un derecho humano tan importante como es el derecho a la educación. De igual manera, este problema invita a la reflexión de qué naturaleza jurídica se quiere tener en México para sus instituciones educativas, pues muchas de ellas cumplen con los méritos para ser depositarias de la confianza suficiente para, incluso, comenzar a contar entre sus facultades con la de autogobernarse.

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