¿Puede el presidente desclasificar información a modo?
Palabra Disidente
¿Puede el presidente desclasificar información a modo?
Foto: @lopezobrador_

El 21 de diciembre de 2020, el director general para América del Norte de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), Roberto Velasco Alvarez publicó su perfil de Twitter. “Conforme lo instruyó el presidente López Obrador y en apego al principio de máxima publicidad, se desclasifica la nota diplomática enviada al gobierno de Estados Unidos el 28 de octubre de 2020 relacionada con la detención del Gral. Ret. Salvador Cienfuegos”.

El documento de una sola hoja señala que la SRE manifestó a Estados Unidos “su profundo extrañamiento por la falta de información sobre la investigación que condujo a la detención del nacional mexicano”. Añadió que los instrumentos firmados por ambos países y de acuerdo con los acuerdos de cooperación en materia de seguridad, se caracteriza la relación de ambos por lazos de confianza y cooperación, “por lo que sorprende a este gobierno que se hayan soslayado los mecanismos formales de intercambio de información y cooperación disponibles en el caso en comento”.

La nota diplomática había sido reservada por cinco años, luego de que un peticionario realizara una solicitud de acceso a la información pública a SRE. Ante esto, el presidente ordenó desclasificar el documento, “no se reserva nada, hace poco también se habló que se iba a reservar la nota diplomática que enviamos cuando se detuvo al general Cienfuegos, la nota diplomática que enviamos a Washington y dí la instrucción al secretario de Relaciones Exteriores que se desclasifique, que no tengamos ninguna nota bajo reserva”, dijo el mandatario en la mañanera del 21 de diciembre de 2020.

Ante esta situación, La-Lista solicitó vía transparencia toda la expresión documental de las respuestas de Estados Unidos a la nota diplomática mexicana. La solicitud fue turnada a la Dirección General para América del Norte (DGAN) y ésta manifestó que “se llevó a cabo una búsqueda exhaustiva en los archivos de esa dirección general y no se encontró la información solicitada. Lo anterior en virtud de que se recibió la información que se pretende acceder en sobre cerrado y por no estar dirigido el destinatario de la misma al titular de la DGAN se transmitió en las mismas condiciones a las autoridades correspondientes, por lo que no se cuenta con copia de ésta”.

Sin embargo, en materia de transparencia se debió turnar a todas las unidades administrativas de la secretaría para que respondiera la que debería tener la información solicitada, pero este procedimiento no se realizó, ya que sólo respondió la DGAN. En otra solicitud de transparencia se pidió todos los documentos de la sesión del comité de transparencia de la SRE sobre la desclasificación de la nota diplomática, pero la SRE se limitó a responder que atendiendo a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública , los documentos pueden ser desclasificados cuando “se extingan las causas que dieron origen a su clasificación”, pero no dijeron cuáles fueron éstas causas.

Además, añaden que la desclasificación puede llevarse a cabo por: “El titular del área, cuando haya transcurrido el periodo de reserva, o bien, cuando no habiendo transcurrido éste, dejen de subsistir las causas que dieron origen a la clasificación”. Por ello, la DGAN dijo que la ley no determina que deba emitirse una resolución por parte del Comité de Transparencia para desclasificar un documento. Pero la SRE debió enviar el documento donde se determinó que se extinguió la causa de clasificación y cómo se extinguió, así como el acta del comité en donde se clasificó la información.

Así que la desclasificación de la nota diplomática fue por la orden del presidente, a través de una facultad que no tiene en la ley general de transparencia. Si bien, para realizarlo se lo ordenó al canciller nunca se dieron a conocer los argumentos jurídicos que explicaran cuáles fueron las causas que dieron origen a la desclasificación del documento y por qué o en qué momento se extinguieron. Otro aspecto curioso es que no se tenga copia de la respuesta de EU a la nota diplomática del caso Cienfuegos. 

Al parecer, la transparencia en la 4T es a medias y a modo, ya veremos que sucede en el recurso de revisión al que se recurrirá…

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