INE descarta medidas cautelares para AMLO y Adán Augusto
El presidente López Obrador y el secretario Adán Augusto López. Foto: Especial.

El Instituto Nacional Electoral (INE) rechazó imponer medidas cautelares al presidente Andrés Manuel López Obrador y al secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández, señalados por vulnerar la equidad de la contienda y actos anticipados de campaña, respectivamente.

En un comunicado, el INE informó que la Comisión de Quejas y Denuncias resolvió como improcedentes las solicitudes de tres medidas cautelares presentadas por los partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD) y un ciudadano, así como del partido Movimiento Ciudadano (MC). 

En lo que respecto al presidente López Obrador, el PRD y un ciudadano se quejaron de la presunta vulneración a los principios de equidad e imparcialidad, uso indebido de recursos públicos, contravención a la veda electoral derivada de las elecciones en el Estado de México y Coahuila.

Lo anterior por las expresiones realizadas en la conferencia “mañanera” del 2 de junio, cuando el mandatario federal habló sobre la “libertad” de decidir en las elecciones del 4 de junio, e hizo referencia a la “continuidad de la transformación” para 2024.

“La comisión consideró como improcedente el retiro del material denunciado al tratarse de actos irreparables, ya que la denuncia está directamente relacionada con la jornada electoral que tuvo verificativo el pasado 4 de junio de 2023, por lo que cualquier medida cautelar resultaría innecesaria”, señaló el INE.

Sobre Adán Augusto, el PAN presentó una queja por la presunta comisión de actos anticipados de precampaña o campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y vulneración a los principios de imparcialidad y neutralidad en la contienda, y por supuesta culpa in vigilando atribuible al partido Morena.

Dichos actos, según la denuncia, se cometieron en la entrevista que el secretario tuvo con Milenio ─difundida en YouTube─, así como en la colocación de espectaculares con la portada de la revista CM Central Municipal, en la que se incluye el nombre e imagen de López Hernández, quien busca la candidatura presidencial de Morena para 2024.

“Al respecto, el colegiado determinó la improcedencia del retiro de los espectaculares, puesto que constituye publicidad de una revista y está relacionada con su actividad periodística, misma que está amparada por la libertad de expresión”, concluyó la comisión.

Respecto de la entrevista en Milenio, fue negada la medida cautelar solicitada al tratarse de “actos consumados de manera irreparable”.

El tercer caso que fue desechado por el INE fue una denuncia que presentó MC contra el Partido Revolucionario Institucional (PRI) por el presunto uso indebido de la pauta con motivo de la difusión de promocionales transmitidos en televisión y radio en el proceso electoral federal 2020-2021.

“La comisión consideró que en los promocionales denunciados no existe calumnia, pues no se acredita la imputación de un hecho o delito falso, sino la opinión crítica del partido denunciado con respecto a la actuación de MC, por lo que los materiales están amparados en la libertad de expresión”, indicó.

Además, se resolvió que en las frases contenidas en los promocionales no se advierte un llamado expreso al voto, tampoco se promociona ninguna plataforma electoral ni posiciona a persona para obtener alguna candidatura, por lo que no podrían constituir actos anticipados de precampaña o campaña.

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