INE no investigó casi la mitad de denuncias por hostigamiento
INE archiva casi la mitad de denuncias por hostigamiento de parte de sus empleados

El Instituto Nacional Electoral (INE) ha recibido mil 179 denuncias por hostigamiento y acoso sexual en los últimos tres años y medio por parte de su plantilla laboral, sin embargo casi la mitad de los casos han sido archivados o no se inicio alguna investigación.

Según el diario El Economista, a la fecha sólo 141 denuncias (11.9%) concluyeron en una amonestación, suspensión o extinción de responsabilidad laboral.

De acuerdo con un reciente informe trimestral sobre los casos presentados en el marco del Protocolo para prevenir, atender y sancionar el hostigamiento y acoso sexual y/o laboral de la Comisión de Igualdad de Género y No Discriminación del INE, del total de denuncias presentadas entre 2021 y el 15 de junio del 2024, el 49.7%, es decir, 586 casos fueron archivadas o no se inició investigación.

Asimismo, el INE detalló que el 80% del total de los asuntos han concluido, mientras que 291 se mantienen en trámite, los cuales corresponden a casos de 2023 y a 2024.

Sobre la resolución de las 939 denuncias que se han atendido, el INE indicó que 336 fueron archivadas; 174 se llegó a una conciliación (con y sin acuerdo) y en 250 no se inició una investigación.

Asimismo, se resolvieron 171 casos y en 8 más se solicitó una opinión especializada.

En el caso de las denuncias que fueron resueltas, 33 casos concluyeron en una absolución de la persona señalada; en 46 se aplicó una amonestación; en 61 se suspendió al responsable.

Mientras que en 29 casos se destituyó al agresor; en 11 se aplicó un sobreseimiento del caso y 5 hubo extinción de responsabilidad laboral.

De acuerdo con el INE, además de aplicar sanciones, de manera paralela ha explorado acciones reparatorias, como la obligatoriedad de cursos y talleres para funcionarios sancionados por hostigamiento laboral.

El instituto concluye en su reporte que a partir de la información estadística se observa que dominan las denuncias por hostigamiento laboral y en menor medida las de hostigamiento sexual, “lo que podría inducir a que la conducta no se presenta con frecuencia o que es necesario impulsar estrategias de visibilización”.

Asimismo, que las denuncias por hostigamiento sexual reciben mayor atención ante la naturaleza de los hechos, pues a todas se les brinda atención psicológica. Mientras que en las quejas de hostigamiento laboral sólo se brinda a uno de cada tres asuntos.

También se argumentó que en cuanto a los acuerdos de inicio o no inicio del procedimiento laboral sancionador, “es obligatorio contar no solo la descripción de los hechos, sino con las pruebas que lo acrediten, por lo que cuando la autoridad advierte que no se acredita en modo indiciario los hechos materia de la denuncia, no hay la posibilidad de que el hecho actualice la conducta típica por lo que, bajo una perspectiva de acceso a la justicia y, en aras de preservar el principio de presunción, es procedente determinar el no inicio del procedimiento laboral sancionador”.

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